GUARDIA CIVIL


NUEVAS DENUNCIAS POR TORTURAS PRESENTADAS DURANTE 1995
CONTRA GUARDIAS CIVILES




GC - 1.-		El 9 de enero,  JUAN CARLOS M. 
resultaba herido de bala en la cabeza por disparos efectuados por 
agentes de la Guardia Civil de la localidad leridana de Seo 
d´Urgell, que habían penetrado en territorio andorrano para 
interceptar una partida de contrabando. Inicialmente el Gobierno 
Civil de Lleida negó los hechos y atribuyó los disparos a un 
enfrentamiento entre bandas rivales. Meses después, tres guardias 
civiles de la localidad leridana fueron detenidos y puestos a 
disposición judicial, ante quien el agente J. P. SÁNCHEZ PRIETO  
reconoció haber sido el autor de los disparos. Junto a este agente 
fueron inculpados, como encubridor y cómplice, los agentes J. J. 
C. V. y J. M. M. V. 


GC - 2.-	 	El 17 de enero, en Pamplona, 
agentes de la Guardia Civil detuvieron a JOSÉ MANUEL JURADO 
TORVISCO, JAIME JESÚS ENCINAS GIL, ANA BUITRÓN ZAZPE y 
BELTZANE OBANOS, esta de 16 años de edad, bajo la acusación 
de formar parte de los "grupos Y de apoyo a ETA". Dos días 
después, tras su puesta a disposición de la audiencia Nacional, 
quedaron en libertad después de haber denunciado las torturas 
sufridas durante su estancia en las dependencias policiales: 
golpes en la cabeza, patadas en los testículos, la aplicación  de la 
"bolsa", amenazas de ejecución, etc...
	Iniciadas las investigaciones judiciales por estas denuncias, 
la causa seguida por las torturas a Txema Jurado fueron 
archivadas definitivamente por la audiencia de Pamplona en el mes 
de junio. Días después corrían igual suerte las restantes 
denuncias.


GC - 3.-		El 28 de enero, JULIA MAKUSO, 
que fue detenida por presunta colaboración con ETA en diciembre 
de 1994 habiendo denunciado que sufrió torturas , denunció ante 
el juzgado de Instrucción nº 1 de Pamplona las amenazas 
telefónicas recibidas en su domicilio por parte de agentes de la 
Guardia Civil. En concreto el día indicado recibió una llamada que 
decía "Julia, Julia, ya puedes irte de Navarra. Vas a morir 
quemada, cabrona". Julia creyó reconocer la voz de un agente que 
se hacía llamar "Antxón" y que participó en los interrogatorios a 
que fue sometida tras su detención. Otras llamadas la instaban a 
actuar de colaboradora con la Guardia Civil informando sobre 
personas vinculadas a la izquierda vasca.
	En la investigación efectuada por el juzgado, declaró en 
calidad de inculpado el capitán de la Guardia Civil DANIEL 
MONLEÓN JIMÉNEZ . Su nombre aparecía adscrito al teléfono 
que se le había facilitado a Julia Makuso para colaborar con la 
policía. El capitán negó haber amenazado a la denunciante e 
intentó desacreditarla diciendo que Julia Makuso era una 
colaboradora habitual con la Guardia Civil y por eso tenía su 
teléfono .


GC - 4.-		Los padres de seis menores de la 
localidad tinerfeña de Los Cristianos formularon una denuncia 
contra varios agentes de la Guardia civil que, a mediados de 
febrero, agredieron a los jóvenes, tres de los cuales tuvieron que 
ser asistidos en la casa de socorro. Los agentes, que iban de 
paisano salvo uno de ellos que iba uniformado, fueron requeridos 
por una mujer, esposa del guardia civil  que se presentó de 
uniforme, y que al parecer fue molestada por los jóvenes cuando 
jugaban al hockey sobre patines en una plaza pública.


GC - 5.-		El 23 de febrero, agentes de la 
Guardia Civil desencadenó una operación en Catalunya, que 
posteriormente y gracias a las confesiones obtenidas tendrá su 
continuidad en Vizcaya y Navarra,  tras la que fueron detenidas 36 
personas  bajo la acusación de pertenencia a banda armada, 21 
de los detenidos denunciaron haber sido torturados durante su 
estancia en las dependencias policiales. 
	En Catalunya fueron detenidos y denunciaron haber sido 
objeto de torturas: El 22 de febrero, JUAN CARLOS MALLA 
GÓMEZ, CONCEPCIÓN CASADO I FUENTES, AGURTZANE 
EZKERRA PÉREZ DE NANCLARES, ZIGOR LARREDONDA MUÑOZ 
y MARÍA FERRER MARTÍNEZ,  detenidos en Barcelona. JOSÉ 
MIMBRERO GONZÁLEZ y JUAN MIMBRERO CANDALIJA, en El 
Vendrell.  Días después, el 28 de febrero, fueron detenidos 
EUKENE RODRÍGUEZ CORREDERA, en Hospitalet, y PEDRO 
VILELLA CUESTA,  en Sallent. Todos ellos manifestaron haber 
sido torturados tanto en las dependencias de la Guardia Civil de 
Barcelona como en la dirección general de este cuerpo en Madrid.
	En la causa judicial abierta ante el Juzgado de Instrucción 
nº 21 de Barcelona por las torturas sufridas por JUAN CARLOS 
MAYA y su esposa CONCEPCIÓN CASADO, han declarado en 
calidad de inculpados al menos once agentes de la benemérita, 
entre ellos el agente JUAN CARLOS RECAJ MIGUEL  como 
VICENTE JAVIER NADAL DE DIOS que negaron haber infligido 
torturas a los detenidos.


GC - 6.-		En la misma operación policial, 
pero esta vez en Vizcaya, fueron detenidos y denunciaron haber 
sido torturados en el Cuartel de La Salve y, en algún caso, en las 
dependencias de la Guardia Civil de Tres Cantos: IGOR 
FULLAONDO BETANZOS, VÍCTOR CERRADA RODRÍGUEZ, 
MARIO LÓPEZ CALZADA (detenidos el 23 de febrero), TXEMA 
DUÑABEITIA EIGUREN y JON BILBAO DIAZ (detenidos el 1 de 
marzo). El trato recibido consistió fundamentalmente en golpes en 
la cabeza, amenazas y vejaciones de tipo sexual.
	

GC - 7.-		Por último, en Navarra y el 27 de 
febrero, fueron detenidos y denunciaron haber sufrido torturas 
durante su estancia en las dependencias de la Guardia Civil, tanto 
en Pamplona como en Madrid: MIKEL LEGARRA, SOTERO 
ETXANDI JUANIKOTENA, JORGE VELASCO LINARES, CRISTINA 
BALENCIAGA ARRUABARRENA, JESÚS MARÍA ARANZAMENDI 
ARBULU, RAFAEL MARTÍN MANRIQUE y KOLDO ASENSIO 
ALONSO.
	Sotero Etxandi, denunció que, entre las agresiones sufridas, 
agentes de la Guardia Civil llegaron a introducirle un palo por el 
ano. Su denuncia correspondió al Juzgado de Instrucción nº 2 de 
Pamplona, ante el que declaró como imputado el agente de la 
Guardia Civil IGNACIO ESCALADA, tras lo cual, el instructor 
decidió archivar la causa por entender que no había quedado 
acreditada la existencia de delito alguno.
	

GC - 8.-		El preso IGNACIO DE JUANA 
CHAOS, denunció ante el Juzgado de Valdemoro las agresiones 
sufridas por parte de varios miembros de la Guardia Civil 
encargados de su custodia durante el traslado, del que fue objeto 
entre las cárceles de Alicante y Valdemoro, el 8 de marzo.
	De Juana Chaos se encontraba en la prisión de Murcia 
cumpliendo pena por pertenencia a banda armada cuando recibió 
una orden para recoger sus efectos al ser trasladado de cárcel, 
haciendo escala en la prisión de Alicante. En esta cárcel, el día 8, 
en el pasillo del furgón policial en que iba a ser conducido, al que 
acababa de subir  y estando esposado, un agente se abalanzó 
sobre él por la espalda y le propinó golpes en la cabeza, a la altura 
e la nuca, y en la espalda y piernas. Al darse la vuelta para 
defenderse, De Juana Chaos recibió varios golpes en los 
testículos.
	A su llegada a la cárcel de Valdemoro, el médico de la 
prisión le reconoció y emitió un informe en el que se detallan los 
hematomas y secuelas de los golpes recibidos.


GC - 9.- 	El Ministerio Fiscal solicitó penas 
que sumaban un total de diez meses de arresto y multa para los 
agentes de la Guardia Civil JUAN JOSÉ SANTOS LÓPEZ y 
FRANCISCO SILGADO POBLADOR por los delitos de amenazas, 
coacciones, denuncia falsa y detención ilegal de JOSÉ MARÍA 
ALCOLEA por hechos ocurridos el 14 de marzo de 1995 en la 
localidad alicantina de Benidorm. Finalmente, la Sección Tercera 
de la Audiencia Provincial alicantina absolvió a los agentes de 
todos los cargos, al entender que las actuación de los agentes fue 
legal en todo momento y todo se debía a una maniobra del 
denunciante.
	Según la denuncia y el relato del Fiscal, rechazado en su 
totalidad por el Tribunal, los agentes denunciados habrían 
elaborado un atestado falso contra José María Alcolea, 
implicándole en  un atentado que, según testigos, nunca se 
produjo, y después de que este hubiera recibido amenazas de 
muerte por parte de uno de los acusados. 
	El 14 de marzo, los agentes denunciados y ahora absueltos 
habrían acudido a detener a José María Alcolea en base a una 
orden de busca y captura existente contra él por parte de un 
juzgado de Benidorm, si bien al parecer otro juzgado le había 
dejado anteriormente en libertad sin cargos, por ello se produjo un 
forcejeo entre el denunciante y los agentes que finalizó con la 
huida del primero, que abandonó el vehículo de su propiedad.
	Al día siguiente, José María Alcolea habría llamado al 
cuartel para preguntar por su vehículo, recibiendo amenazas de 
muerte por parte de unos de los agentes que había intentado 
detenerle el día anterior. Estas amenazas quedaron grabadas en un 
cassette.
	El Tribunal, en base a otros testimonios y a que el 
denunciante ya había sido condenado anteriormente por estafa, 
absolvió a los agentes.


GC - 10.-	JOSÉ RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, de 
63 años de edad, perdió el ojo izquierdo a consecuencia del 
impacto de uno de los botes de humo disparado por agentes de los 
Grupos Rurales de Seguridad de la Guardia Civil contra miembros 
de asociaciones ecologistas y vecinos de la localidad gaditana de 
Tarifa que protestaban, el 11 de abril, contra la linea de alta 
tensión que está previsto instalar entre la península y África.
	Durante la actuación de la Guardia Civil, al menos veinte 
vecinos resultaron heridos, seis de ellos de consideración. 


GC - 11.- 	Dos agentes de la guardia civil del 
puesto de El Vendrell (Tarragona), cuyos nombres responden a las 
iniciales J. C. B.  y J. A. S.,  fueron encarcelados por el titular del 
Juzgado de Instrucción nº 4 de El Vendrell bajo la acusación de 
haber violado, en la madrugada del 3 de mayo, a una ciudadana de 
origen checo, que trabajaba en un club de alterne de la carretera 
de El Vendrell a Barcelona, a la que previamente solicitaron la 
documentación para después trasladarla, con la excusa de 
practicar mas comprobaciones sobre su identidad, a un 
descampado en el que se consumó la violación por uno de los 
agentes mientras el otro miraba.


GC - 12.-	El agente de la Guardia Civil V. M. 
M. presentó, en mayo, una denuncia contra varios agentes el 
mismo cuerpo policial a los que acusa por haberle propinado una 
paliza el 1 de mayo en el cuartel de la localidad sevillana de 
Sanlúcar la Mayor.
	Los hechos que dieron lugar a la denuncia se produjeron a 
raíz de la discusión previa que el denunciante tuvo con su esposa, 
hermana de un guardia civil destinado en Sanlúcar la Mayor, tras 
lo cual dos agentes de este cuartel procedieron a detener a V. M. y 
trasladarlo a los calabozos de las dependencias policiales donde 
procedieron a golpearle causándole lesiones en pómulo izquierdo, 
piernas, brazos, codos, torso y muñecas según el parte de lesiones 
aportado junto a la denuncia.
	Los guardias civiles denunciados presentaron, a su vez y 
previamente, una denuncia contra V. M.


GC - 13.-	El 30 de mayo, en la ciudad de 
Pamplona, ANA CADENA fue secuestrada, golpeada, vejada 
sexualmente  e interrogada por cuatro personas sobre el paradero 
de José María Aldaia, entonces secuestrado por ETA, mientras 
insistían en sus relaciones con la organización armada . Los 
secuestradores que se identificaron como guardias civiles, la 
dejaron en libertad tras siete horas de interrogatorio, tras el cual 
Ana Cadenas presentaba policontusiones en la zona cervico-
dorsal-lumbar, contusiones en mamas y un esguince cervical que 
necesito de la colocación de un collarín.
	Ana Cadena, en su denuncia, hacía constar que estas 
personas serían los mismos cuatro agentes de la Guardia Civil que 
custodiaban el edificio de la Audiencia Provincial de Pamplona el 
24 de mayo, fecha en la que los agentes indicados abordaron a 
Ana Cadenas y la obligaron a entrar en la cabina de control de la 
sede judicial donde fue interrogada acerca de sus relaciones con 
ETA.
	Cuatro agentes declararon ante el Juzgado de Instrucción nº 
1 de Pamplona y uno de ellos reconoció que, el día 24 de mayo, 
habían identificado a la denunciante, pero negó el interrogatorio 
así como las torturas denunciadas.


GC - 14.-	JESÚS DURÁN, formuló el 31 de 
mayo, una denuncia contra un agente de la Guardia Civil de 
Malgrat del Mar (Barcelona) por la agresión sufrida en el interior 
del cuartel de la Benemérita de esta ciudad el 13 de mayo, después 
de que varios agentes procedieron a identificar,  detener y 
finalmente trasladarle al cuartel de la Guardia Civil por estar 
fumando unos "porros" en una plaza pública. Una vez en el 
cuartel, y estando esposado, uno de los agentes le empujó 
tirándole al suelo, donde le propinó varias patadas y puñetazos. 


GC - 15.- 	El 20 de junio se presentó una 
denuncia ante los Juzgados de Denia (Alicante) contra los agentes 
de la Guardia Civil del acuartelamiento de Calpe que mantuvieron 
a un detenido, PETER BONZELIUS, atado a una argolla durante 
más de 24 horas.
	Según manifestaciones del Teniente Coronel de la Guardia 
Civil, Antonio Torrado, los agentes esposaron al arrestado a una 
argolla a causa de la falta de medios del cuartel de Calpe, que 
carece de calabozos, y porque así estaría  mucho más cómodo que 
con las manos atadas por detrás y que el propio detenido prefirió 
permanecer en esta situación a ser trasladado a los calabozos de 
una cuartel cercano.


GC - 16.-	El 24 de junio, unidades 
antidisturbios de la Guardia Civil cargaron contra las personas que 
se encontraban celebrando las fiestas patronales de la localidad 
de Bañarían. Entre los asistentes se produjeron diversos heridos, 
entre ellos MIKEL FRAGO, de 15  años de edad, y  GORKA 
GÓMEZ, de 18 años. Ambos formularon sendas denuncias contra 
la Guardia Civil
	Mikel Frago recibió el impacto directo de una pelota de 
goma en la cara que le fracturó la mandíbula. Una vez que cayó al 
suelo recibió golpes y porrazos por todo el cuerpo. Tuvo que ser 
ingresado en el Hospital Virgen del Camino donde fue intervenido 
quirúrgicamente.
	Por su parte, Gorka Gómez, recibió un impacto en un 
costado que le causó un neumotorax con coágulo de sangre en la 
pleura. También hubo de ser hospitalizado e intervenido 
quirúrgicamente.


GC - 17.-	En la madrugada del 28 al 29 de 
junio, un grupo de agentes de la Guardia Civil irrumpió en diversos 
bares y calles de la localidad navarra de Doneztebe, que celebraba 
sus fiestas patronales, desalojando a los allí congregados. A raíz 
de esta intervención se produjeron fuertes enfrentamientos entre 
vecinos y agentes policiales que finalizaron con la detención de 
cinco personas , entre ellas TXEMA BALLENERA que fue 
golpeado por los agentes que le detuvieron causándole diversas 
lesiones en la cara, brazo izquierdo y espalda.
	En la denuncia presentada por Ballenera, este hacía constar 
que los agentes, mientras le golpeaban reiteradamente, le decían 
"esto para que pongas otra denuncia" en alusión a la denuncia por 
el presentada contra la Guardia Civil al ser herido de bala en un 
hombro cuando fue detenido, anteriormente, por su condición de 
insumiso.


GC - 18.-	El 19 de agosto, agentes de la 
Guardia Civil de la localidad de Vilafranca (Castellón) solicitaron 
la documentación a un joven de la localidad. Éste, que no llevaba 
encima el DNI, abandonó el lugar siendo perseguido por los 
agentes. Nada más darle alcance, uno de estos golpeó a JESÚS F. 
en el cara y en el vientre, posteriormente lo esposó y volvió a 
golpearle, arrastrándole entonces hasta el vehículo policial.
	Numerosos vecinos, que vieron la actuación de la patrulla de 
la Guardia Civil, se congregaron poco después ante el cuartel del 
cuerpo exigiendo la inmediata puesta en libertad.


GC - 19.-	El 23 de agosto, agentes e la 
Guardia Civil procedieron a la detención de JON SALABERRIA, 
IKER BERISTAIN, JUAN PEDRO PLAZA, IMANOL IPARRAGIRRE y 
ANTXON OILOKIEGI bajo la acusación de pertenencia a los 
denominados "Grupos Y". Los cinco detenidos denunciaron haber 
sido objeto de torturas y malos tratos durante su estancia en el 
cuartel de El Antiguo de San Sebastián y en las dependencias de 
Madrid, antes de ser puestos a disposición de la Audiencia 
Nacional, que decretó su libertad provisional, en algún caso 
después de prestar la fianza señalada.
	El trato recibido por  los detenido consistió, 
fundamentalmente, en golpes y amenazas, pero también les fueron 
aplicados electrodos y la "bolsa", como a Imanol Iparragire, y se 
les ofreció la posibilidad de acabar con las torturas si colaboraban 
con la Guardia Civil, como a Antxon Oilokiegi.


GC - 20.- 	En la madrugada del 1 de octubre, 
Miembros de las unidades antidisturbios de la Guardia Civil, 
acompañados de agentes destinados en el cuartel del mismo 
cuerpo en Las Rozas (Madrid) causaban 46 heridos entre los 
asistentes a la verbena que se estaba celebrando en la localidad 
madrileña con motivo de las fiestas patronales. Sin embargo 
fuentes del Centro de salud municipal, elevaban la cifra de 
personas que necesitaron asistencia a doscientas personas.
	La actuación policial tuvo su origen en un incidente entre 
los dueños de un chiringuito allí instalado y unos vigilantes 
jurados. Estos avisaron a la Guardia Civil, que destacó al lugar a 
treinta y siete agentes que, nada más llegar, comenzaron a golpear 
y disparar botes y pelotas de goma contra los congregados, 
deteniendo a 22 de ellos a los que, posteriormente se acusó, de 
resistencia y atentado.
	Entre los detenidos se encontraba JOSÉ ANTONIO 
GONZÁLEZ HENCHE, a quien los agentes acusaron de haber 
incitado a los enfrentamientos al resto de los jóvenes y que, por su 
parte sufrió diversos hematomas y heridas por la actuación 
policial.
	Tras trasladar a los detenidos al cuartel de la benemérita en 
Las Rozas, varios de ellos fueron objeto de nuevos golpes, insultos 
y amenazas, según las denuncias presentadas ante el Juzgado de 
Majadahonda, a cuya disposición fueron puestos.
	El expediente interno abierto por la Delegación de Gobierno 
finalizó con el reconocimiento de que "se produjeron algunos 
errores en la carga policial". La Guardia Civil, por su parte, 
elaboró otro informe interno que concluía con que la actuación 
policial fue correcta.


GC - 21.-	JOSÉ LUIS R. C., vecino de Baza 
(Granada) formuló denuncia contra los agentes de la Guardia Civil 
que el 15 de octubre le agredieron en un control policial en la 
carretera de Baza a Caniles.
	Según la denuncia, ese día el denunciante volvía con su 
hermano, que conducía el vehículo, a su domicilio en Baza cuando 
cruzaron un control de la Guardia Civil a velocidad reducida. sin 
que hubiere señales de pararse. Los agentes iniciaron una 
persecución del vehículo del denunciante hasta que este se paró. 
En ese momento los agentes exigieron al conductor que hiciese 
una prueba de alcoholemia, cuando este explicaba su 
imposibilidad para efectuarlo en base a un antiguo accidente, los 
agentes comenzaron a zarandearles y a amenazarles, llegando uno 
de ellos a golpear con una linterna en la cabeza al denunciante, 
arrojándole después al suelo.


GC - 22.-	El 23 de noviembre, agentes de la 
Guardia Civil detenían a DANIEL SÁNCHEZ en la ciudad de Vitoria 
bajo la acusación de haber participado en un sabotaje contra una 
sucursal bancaria, tras lo que fue trasladado al cuartel de la 
Benemérita de Sansomendi.
	Antes de ser puesto a disposición judicial, Daniel Sánchez 
tuvo que ser trasladado desde el cuartel al Hospital de Santiago 
Apóstol donde se le apreciaron fuertes hematomas en la cabeza.
	Puesto a disposición judicial, Daniel Sánchez denunció las 
torturas sufridas en las dependencias policiales y, según su relato, 
recibió varias palizas durante los interrogatorios cuando las 
respuestas no eran las esperadas por los agentes.


GC - 23.-	Cinco vecinos de la localidad 
onubense de Alosno, entre los que se encuentran ANTONIO 
MÁRQUEZ, ANASTASIO MARTÍN y JOSÉ L. GALÁN, presentaron a 
finales del año y ante el Defensor del Pueblo Andaluz una queja 
contra varios agentes destinados en el cuartel de la Benemérita de 
la localidad por las agresiones de las que estaban siendo objeto 
desde hace unos meses. La delegación el gobierno prometió 
investigar lo sucedido.
	La agresiones tuvieron su origen en unos incidentes 
ocurridos en mayo, durante las fiestas patronales, y se agravaron a 
finales de año al aparecer en la localidad de Alosno unas pintadas 
contra la Guardia Civil de las que los agentes hacen responsables 
a los jóvenes denunciantes.
	Entre las agresiones denunciadas está la efectuada por 
Antonio Márquez, quien asegura que, en cierta ocasión, los 
agentes le pidieron el carnet y, sin mediar palabra, le empujaron 
contra un coche y entre un sargento y un agente le propinaron 
varias patadas. Posteriormente le trasladaron al cementerio de la 
localidad y, tras colocarle frente a la tapia del mismo, volvieron a 
golpearle en el pecho.




SEGUIMIENTO DE LAS CAUSAS POR TORTURAS DE AÑOS 
ANTERIORES A 1995 SEGUIDAS CONTRA MIEMBROS DE LA
GUARDIA CIVIL



GC - 101.-	Quince años después de las torturas 
sufridas por siete vecinos de la localidad vizcaína de Amorebieta 
(JUAN JOSÉ LARRINAGA, JON URRUTIA, FERNANDO IRACULIS, 
ERNESTO ALBERDI, ROBERTO ZABALA, JUAN LUIS IRACULIS y 
AGUSTÍN GUISASOLA) en el cuartel de La Salve de Bilbao, se 
señalaba fecha para el juicio oral  contra diez de los miembros 
de la Guardia Civil que participaron en dichas torturas: LUCIO DE 
SOSA ROBLEDO, JOSÉ GARCÍA MALDONADO, JOSÉ VÁZQUEZ 
DOMÍNGUEZ, FELIPE MATEOS ROBLES, ANTONIO BELTRÁN 
ALCÁNTARA, PAULINO SANTOS CAMPAÑA, JULIÁN GONZÁLEZ 
POMARES, ANTONIO BAILO ROCHE, ANTONIO AIREAS 
CARNERO y ANTONIO TOCÓN DÍEZ . 
	El 19 de noviembre de 1990, fueron detenidos por la Guardia 
Civil en sus domicilio Ernesto Alberdi, Jon Urrutia, Juan José 
Larrinaga, Roberto Zabala y Fernando Iraculis. Diez días después 
eran detenidos Juan Luis Iraculis y Agustín Guisasola. Todos ellos 
acusados de pertenencia a ETA. Trasladados al cuartel de La Salve 
fueron objeto de golpes por todo el cuerpo, y de las técnicas de 
tortura denominadas "La bañera" y "La bolsa", así como objeto de 
amenazas sobre ellos y sus familias. 
	La causa iniciada tras la querella presentada por familiares 
de los detenidos estuvo varios años paralizada al pretender que 
fuesen los tribunales militares quien investigasen lo ocurrido, y 
hasta diciembre de 1982 la causa no llegó a los tribunales 
ordinarios. En octubre de 1990 el sumario se transforma en 
procedimiento abreviado en virtud de la reforma de la ley de 
enjuiciamiento criminal. 


GC - 102.-	Con dieciséis meses de retraso, en mayo, 
el Ministerio de Defensa procedió a ejecutar, parcialmente, la 
sentencia del Tribunal Supremo que, por las penas impuestas, 
obligaba a expulsar de la Guardia Civil a varios agentes (entre 
ellos dos tenientes coroneles ) por haber torturado en 1981 a 
TOMÁS LINAZA. Los Guardias civiles expulsados fueron el ex 
teniente coronel RAFAEL MASA GONZÁLEZ, el brigada ÁNGEL 
FUENTES ROMERO, los cabos primeros JULIÁN PÉREZ 
MONTESINOS y SANTIAGO LÓPEZ RICO y los números MIGUEL 
CABALLERO SÁNCHEZ y DIEGO CERÓN GARCÍA. También 
habían sido condenados el teniente coronel JOSÉ MARTÍN 
LLEVOT, que fue indultado por el Gobierno para evitar su 
expulsión, y los sargentos LUCIO SOSA ROBLEDO y ALFREDO 
SERRANO PASTOR, a este último se le concedió el beneficio de la 
suspensión de la pena de privación de libertad para evitar su 
ingreso en prisión, no así a Lucio Sosa por haber sido condenado 
anteriormente por torturas a otro detenido . 
	Tomás Linaza Euba fue detenido, el 14 de mayo de 1981 en 
Bilbao, por ser el padre de un miembro de ETA refugiado en el sur 
de Francia. Trasladado al cuartel de La Salve fue sometido a 
torturas por varios agentes, entre ellos Alfredo Serrano y Lucio de 
Sosa. Martín Llevot, entonces responsable del cuartel, impidió que 
el médico forense enviado por el Juzgado de Guardia reconociese 
al detenido alegando que había sido trasladado a Madrid, lo que 
era falso. Esta misma versión la reiteró posteriormente en un oficio 
dirigido al Juzgado. Los demás condenados fueron testigos, o 
tuvieron conocimiento de las torturas sufridas por Linaza, pero no 
hicieron nada por evitarlas.
	Junto a Tomás Linaza fueron detenidos, entre otros, JUAN 
JOSÉ CAMARERO NÚÑEZ, MANUEL BARRENECHEA, IGNACIO 
ARTECHE y LORENZO BIZKARGENAGA. Todos ellos denunciaron 
haber sido torturados, pero sus denuncias fueron archivadas.


GC - 103.-	La Sala Segunda del Tribunal Supremo 
confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial de San Sebastián 
por la que tres guardias civiles, EMILIO MARIÑO MARTÍN, 
CARLOS PRIETO BRAGADO e ISIDRO MARTÍNEZ VILLOTA 
fueron condenados  a penas de dos meses de arresto y otros dos 
de suspensión, para cada uno de ellos, por un delito de malos 
tratos en 1982 a JUAN CARLOS GARMENDIA IRAZUSTA. La 
audiencia impuso las penas en su mínimo grado alegando que 
habían transcurrido más de diez años desde los hechos juzgados. 
	La misma sentencia absolvía a otros dos guardias civiles, 
también procesados, JOSÉ PÉREZ NAVARRETE y JUAN 
CARLOS RECAJ MIGUEL , si bien uno de los Magistrados emitió 
un voto particular por el que se condenaba a los cinco guardias 
civiles.
	La levedad de las penas fue argumentada en el largo tiempo 
transcurrido desde que ocurrieron los hechos. Este mismo 
argumento fue utilizado por el Tribunal en una primera sentencia 
para absolver a los cinco agentes reseñados; en aquella ocasión la 
Audiencia Tribunal de San Sebastián alegó la prescripción de los 
posibles delitos. Sin embargo la Sala Segunda del Tribunal 
supremo rechazó esta pretensión y ordenó a la Audiencia 
guipuzcoana dictar una nueva sentencia en base a los hechos 
declarados probados. La nueva sentencia fue apelada y el alto 
Tribunal la ha confirmado.

	Juan Carlos Garmendia fue detenido el 18 de agosto de 1982 
en Ordicia (Guipúzcoa) acusado de pertenencia a banda armada. 
Permaneció incomunicado en el cuartel del Antiguo hasta el 25 del 
mismo mes, siendo torturado por los agentes que le custodiaban: 
una patada propinada por Martínez Villota le produjo la rotura de 
la nariz; igualmente sufrió descargas eléctricas, le fue colocada 
una bolsa de plástico en la cabeza que le impedía respirar, etc... 
Según su denuncia, también fue golpeados por otros guardias 
civiles que no pudo identificar y que no fueron juzgados. 


GC - 104.-	En mayo, el Gobierno indultó a los 
guardias civiles MANUEL BARROSO CABALLERO y JOSÉ 
DOMÍNGUEZ TUDA que habían sido condenados por haber 
torturado a JOAQUÍN OLANO en julio de 1983.
	Junto a estos guardias civiles fueron condenados por la 
Audiencia Provincial de San Sebastián, ratificada luego por el T. 
Supremo, los también guardias civiles MANUEL MACÍAS 
RAMOS , ENRIQUE DORADO VILLALOBOS y FELIPE BAYO 
LEAL . También fueron juzgados, pero absueltos, los agentes 
JOSÉ RANCAÑO FERNÁNDEZ y FIDEL DEL HOYO CEPEDA, que 
habían sido acusados por la acusación particular y la Asociación 
Contra la Tortura, que ejercía la acción popular, y que había 
solicitado penas de seis años de cárcel para cada uno de ellos.

	Joaquín Olano fue detenido el 29 de julio de 1983 por su 
presunta pertenencia a ETA (p-m) VII asamblea. Trasladado al 
Cuartel de El Antiguo en San Sebastián fue condenado  por varios 
agentes de la Benemérita, entre ellos los condenados, que le 
aplicaron descargas eléctricas, le introdujeron la cabeza en un 
recipiente con agua hasta perder el conocimiento (método de 
tortura conocido como "la bañera"), etc... hasta que la música de 
un aparato de radio procedente del cuartel, cuyo alto volumen 
intentaba amortiguar los gritos del torturado, despertó a una 
ciudadana que vivía próxima al cuartel y que, al oír los gritos de 
dolor que procedían del mismo, lo puso en conocimiento del 
Juzgado de Guardia que envió al médico forense, este tras 
reconocer a Olano, emitió un informe en el que se recogían las 
lesiones que presentaba el detenido.
	El 21 de noviembre, cuanto la causa por la denuncia de 
Joaquín Olano se encontraba en plena instrucción y en plena 
campaña de los atentados reivindicados por los GAL, el vehículo y 
un establecimiento comercial propiedad de Joaquín Olano fueron 
destruidos por sendos artefactos explosivos. Días después, en 
presencia del juez y del fiscal del caso, mientras se procedía a un 
careo en el Juzgado entre Olano y varios de sus torturadores, 
Joaquín Olano fue amenazado por aquellos.


GC - 105.-	Durante el año 1995 se reactivaron las 
investigaciones sobre los autores y circunstancias del secuestro, 
torturas y asesinato de JOSÉ ANTONIO LASA y JOSÉ IGNACIO 
ZABALA, dos jóvenes vascos refugiados en Francia que 
desaparecieron en octubre de 1983 y cuyos cadáveres fueron 
identificados, finalmente, a primeros de año. Ya en 1996, fueron 
procesados por estos hechos el general de la Guardia Civil 
ENRIQUE RODRÍGUEZ GALINDO, el teniente PEDRO GÓMEZ 
NIETO, los ex agentes ENRIQUE DORADO VILLALOBOS y FELIPE 
BAYO LEAL, el ex Gobernador Civil de Guipúzcoa JULEN 
ELGORRIAGA, el ex Secretario de Estado para la Seguridad 
RAFAEL VERA y el abogado del Ministerio del Interior Jorge 
Argote.
	Investigaciones periodísticas, han relacionado con este caso 
a los guardias civiles JOSÉ ROMERO, "El Moro", que habría 
participado junto a Dorado y Leal en el secuestro de los dos 
jóvenes, y al capitán ÁNGEL VAQUERO que habría dirigido y 
supervisado "la operación", siempre bajo la dirección de 
Rodríguez Galindo. Sin embargo estos agentes no han sido 
formalmente inculpados en la causa abierta en la Audiencia 
Nacional. La Asociación Contra la Tortura ejerce la acusación 
popular en esta causa.
	Igualmente, existen documentos internos del CESID 
relativos al asesinato de Lasa y Zabala y en los que se contienen 
datos fundamentales para el total esclarecimiento de este caso. 
Estos documentos, algunos de los cuales han sido publicados por 
los medios de comunicación y varios obran por fotocopia unidos al 
sumario correspondiente, están clasificados como secretos. El 
Juzgado ha solicitado su desclasificación para unir lo originales a 
las actuaciones judiciales, pero el Gobierno (tanto del PSOE como 
del PP) han rechazado esta posibilidad aduciendo peligros para la 
seguridad del Estado.

	José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala, fueron 
secuestrados en Bayona (Francia, en octubre de 1983, en la que 
fue la primera acción, no reivindicada de los GAL, por miembros 
de la Guardia Civil, entre los que se encontraban Enrique Dorado y 
Felipe Bayo, y trasladados al palacio de "Las Cumbres" en San 
Sebastián y propiedad del Ministerio del Interior y actual 
residencia del Gobernador Civil de Guipúzcoa.
	En esta residencia fueron torturados durante varios días 
para arrancarles información sobre otros refugiados vascos en 
Francia que, como MIGUEL GOIKOETXEA, serían asesinados 
posteriormente en atentados reivindicados por los GAL. Durante el 
tiempo en que estuvieron en la residencia de Las Cumbres fueron 
visitados, en varias ocasiones por el entonces coronel Enrique 
Rodríguez Galindo y el Gobernador Civil Julen Elgorriaga, que 
siempre acudieron encapuchados para no ser reconocidos. Ante el 
lamentable estado en que se encontraban los jóvenes Lasa y 
Zabala después de las sesiones de tortura sufridas, Galindo 
ordenó su traslado a la provincia de Alicante, donde serían 
asesinados.
	 En fechas posteriores, fueron trasladados a la localidad de 
Busot (Alicante) por varios guardias civiles, entre ellos Enrique 
Dorado, Felipe Bayo y Pedro Gómez Nieto. Allí, en un 
descampado, fueron obligados a cavar una fosa y fueron 
asesinados de sendos disparos en la cabeza, tras arrojarles a la 
fosa fueron cubiertos con cincuenta kilos de cal viva para hacer 
desaparecer los restos.
	En 1984, una llamada anónima a un periódico alicantino 
reivindicó para los GAL el secuestro y asesinato de Lasa y Zabala, 
Esta llamada no mereció atención alguna por parte de los 
responsables del Ministerio del Interior.  Un año después, en 1985, 
aparecieron los dos cadáveres, pero no fueron identificados hasta 
enero de 1995.


GC - 106.-	En noviembre, el Juzgado de Instrucción 
nº 1 de San Sebastián decide reabrir la causa por la muerte de 
MIKEL ZABALZA, ocurrida diez años antes, tras su paso por el 
cuartel de la Guardia Civil de Intxaurrondo. Un reciente informe 
del Instituto Nacional de Toxicología ha negado que este hubiera 
muerto ahogado en las aguas del río Bidasoa según pretendía la 
versión oficial.
	Investigaciones periodísticas han aportado pruebas de que 
Zabalza murió en el Cuartel de Intxaurrondo (San Sebastián) 
mientras varios guardias civiles, entre los que se encontraban 
ENRIQUE DORADO VILLALOBOS, que fue quien sumergía la 
cabeza del detenido en el agua,  FELIPE BAYO LEAL, LUIS 
SANDOVAL CAMPOS y FRANCISCO JAVIER MILLÁN  PÉREZ, le 
torturaban por el método conocido como "la bañera" . Tras la 
muerte de Zabalza, con el consentimiento del entonces máximo 
responsable del Cuartel, ENRIQUE RODRÍGUEZ GALINDO y de 
miembros de la cúpula del Ministerio del Interior, se prepararon y 
falsificaron pruebas para evitar la actuación de los tribunales.
	Estas se prepararon en un reunión efectuada en el mismo 
cuartel y en la que participaron, además de los ya citados y entre 
otros, los siguientes miembros de la Guardia Civil:  FRANCISCO 
HERMIDA BOUZA, FABIÁN DORADO VILLALOBOS, FRANCISCO 
JAVIER OLIVAR, JOSÉ RANCAÑO FERNÁNDEZ, GONZALO 
PÉREZ GARCÍA, ARTURO ESPEJO VALERO, FERNANDO 
CASTAÑEDA VALS, ANÍBAL RODRÍGUEZ CHINEA, ALFONSO 
VICARÍA HEVIA, ALEJANDRO IGLESIAS BLANCO, FIDEL DEL 
HOYO CEPEDA, un cabo apellidado BALBAS y el abogado del 
ministerio del Interior JORGE ARGOTE.
	En esta reunión se acordó la versión oficial, según la cual, 
Mikel Zabalza fue trasladado por los tenientes de la Guardia Civil 
Arturo Espejo, Gonzalo Pérez  y por el guardia Fernando 
Castañeda a las cercanías del río Bidasoa para localizar un "zulo" 
donde habría armas pertenecientes a ETA. En un momento dado, 
Mikel Zabalza, que llevaba las manos esposadas a la espalda y que 
no sabía nadar, agredió a los agentes y se arrojó al río Bidasoa, 
ahogándose en su intento de huir de los guardias civiles.
	Para hacer creíble esta versión, un guardia civil, que era 
ATS, EDUARDO GÓMEZ PASTRANA inyectó con una jeringuilla 
agua procedente del río Bidasoa en el pulmón de Zabalza. El 
cadáver de este permaneció varios días, y custodiado por agentes 
de la Benemérita, en una bañera del cuartel llena con agua del 
Bidasoa. veinte días después su cadáver fue arrojado al río donde 
fue "localizado" por miembros de la guardia Civil, en un lugar que 
había sido rastreado reiteradamente con anterioridad por 
miembros de la Cruz Roja.
	Actualmente sólo se encuentran inculpados los tres agentes 
que, según la versión oficial, acompañaron a Zabalza al río 
Bidasoa.
	La Asociación Contra la Tortura está personada en la causa 
abierta como acusación popular.

	Mikel Zabalza era conductor de autobuses urbanos de San 
Sebastián y fue detenido por agentes de la Guardia Civil por 
presunta colaboración con ETA. Junto a él fueron detenidas varias 
personas, entre ellas su novia IDOIA AJERDI, MANUEL VIZCAY y 
JON ARRETXE, todos ellos denunciaron haber sido torturados en 
el cuartel de Intxaurrondo, pero sus denuncias no prosperaron.
	Como en el caso de Lasa y Zabala, ya en 1985, el CESID 
(Centro Superior de Información de la defensa) conocía que 
Zabalza había sido asesinado en Intxaurrondo y así consta en un 
informe interno del CESID que, reclamado por el juzgado 
instructor, ha sido negada su incorporación a la causa judicial por 
el Gobierno, tanto por el Gobierno del PSOE de Felipe González 
como por el gobierno del Partido Popular, José María Aznar, 
alegando que dicho documento es secreto y su desclasificación 
podría en peligro la seguridad del Estado.
 

GC - 107.-	También, gracias a revelaciones de 
algunos medios de comunicación, la reapertura en 1995 de la 
investigación de la causa seguida por la muerte de LUCIA 
URIGOITIA, por disparos de agentes de la guardia civil en el 
verano de 1987, ha llevado a la inculpación en la misma, y como 
encubridores, del comandante de este cuerpo JOSÉ RAMÓN 
PINDADO MARTÍNEZ, los miembros del CESID, general EMILIO 
ALONSO MANGLANO, máximo responsable del espionaje español 
cuando ocurrieron los hechos, y del coronel del Ejército JUAN 
ANTONIO PEROTE, de RAFAEL VERA, ex secretario de Estado 
para la Seguridad, y del abogado JORGE ARGOTE, este último 
abogado habitual de agentes de la Guardia Civil acusados de 
tortura y asesinato.  

	Tras la muerte, el 22 de julio de 1987, de Urigoitia por un 
disparo a bocajarro y en la nuca por parte de un agente de la 
Guardia Civil que procedía a la detención de varios miembros de 
ETA, agentes de este cuerpo penetraron en el domicilio del juez 
encargado de la instrucción y alteraron varias de las pruebas 
existentes: se cambió la bala disparada y que causó la muerte de 
Urigoitia y el cañón del arma con el que se efectuó el disparo, así 
consta en un informe del CESID firmado por José Ramón Pindado.
	Igualmente, poco después de practicar la autopsia al 
cadáver de Urigoitia, uno de los médicos forenses que participó en 
la misma denunció ante el juzgado de Guardia que personas 
desconocidas habían entrado en su clínica y efectuado un registro 
en busca de documentación.


GC - 108.-	En abril, la Sección Primera de la 
Audiencia Provincial de Granada absolvía a dos mandos de la 
Guardia Civil: ANTONIO TOCÓN DIEZ  y LUIS ORTEGA 
CARMONA,  de los delitos de tortura y detención ilegal en la 
persona de FRANCISCO MORILLAS BERMÚDEZ el 10 de 
diciembre de 1989, por los que la acusación particular había 
solicitado penas de tres años de cárcel y tres de inhabilitación, 
mientras el fiscal solicitaba su absolución.

	Según su denuncia, Francisco Morillas fue detenido por 
agentes de la Guardia Civil cuando conducía su vehículo por el 
término municipal de Atarfe (Granada). Al registrar el vehículo, los 
agentes encontraron 360 cajetillas de tabaco, al parecer 
procedente del contrabando. Trasladado el detenido al cuartel de 
la Guardia Civil de Granada, fue introducido en el despacho del 
entonces capitán Antonio Tocón, que le golpeó por todo el cuerpo. 
Posteriormente, varios agentes, entre ellos el teniente Luis Ortega, 
condujeron a Francisco Morillas y  en un vehículo policial a un 
garaje de su propiedad donde localizaron un nuevo alijo de 
tabaco. Durante el traslado Francisco Morillas fue nuevamente 
golpeado. Trasladado al hospital Francisco Morillas presentaba 
diversas lesiones y magulladuras.


GC - 109.-	En febrero, la Sala Segunda del Tribunal 
Supremo no admite a trámite el recurso de casación interpuesto 
por la acusación particular contra la sentencia de la Sección IIª de 
la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria por la que 
se absolvía a cinco agentes de la Guardia Civil (JOSÉ MONTERO 
PASCUAL, FRANCISCO VEGA REYES, MARIANO PEDRAJAS 
ORTEGA, JOSÉ GONZÁLEZ ROMERO y JUAN HERRERO SALAS) 
de las torturas infligidas a GUSTAVO CABALLERO SUÁREZ y 
ROBERTO GONZÁLEZ AGUIRRE en el cuartelillo de la localidad 
canaria de Agüimes el 11 de diciembre de 1989.

	Este día, dos después de que Gustavo Caballero hubiera 
logrado huir del cuartelillo de la Guardia Civil de Agüimes, fue 
nuevamente detenido junto a  Roberto González por agentes de la 
Benemérita, acusando al segundo de haberle ayudado en su 
evasión. Tras esta nueva detención, ambos fueron trasladados a 
una dependencia aneja al cuartelillo donde fueron golpeados por 
los agentes. Cuando fueron puestos a disposición judicial, el 
médico forense apreció diversos traumatismos en los detenidos.
	Durante la vista oral, los guardias civiles acusados 
manifestaron que los detenidos fueron llevados al cuartel en 
perfecto estado físico y que en el forcejeo no se produjeron 
lesiones a los detenidos. Tras testigos manifestaron, también, que 
las lesiones que presentaban los detenidos les fueron causadas en 
el cuartelillo de la Guardia Civil, por ello, el fiscal solicitó que se 
impusiera a los agentes penas que sumaban más de veinte años de 
cárcel. Pese a todo ello, la sala absolvió a los acusados y, ahora, el 
T. Supremo, cierra el camino para una revisión de la sentencia.


GC - 110.-	Tras las declaraciones del ex Director 
General de la Guardia Civil, LUIS ROLDÁN, se procedió a la 
reapertura de la denuncia formulada, el 30 de enero de 1990 por el 
secuestro y torturas sufridas por JESÚS CELA SEOANE en La 
Coruña en el cual fue amenazado e interrogado por unos 
individuos que en ningún momento se identificaron. En sus 
declaraciones, Luis Roldán aseguró que en aquellas fechas 
recibió, a través de RAFAEL VERA, por entonces secretario de 
Estado para la Seguridad, un encargo de JOSÉ LUIS CORCUERA, 
entonces ministro del Interior, para formar un comando con 
agentes de la Guardia Civil para secuestrar a Jesús Cela, militante 
de los GRAPO recientemente puesto en libertad, e interrogarle 
sobre las intenciones de su organización en la huelga de hambre 
que por entonces llevaba a cabo más de cincuenta miembros de 
los Grapo. 
	Luis Roldán formó dicho comando con agentes de la 
Benemérita que se trasladaron a La Coruña donde secuestraron e 
interrogaron, durante nueve horas, a Cela Seoane quien recibió 
numerosos golpes y amenazas.
	En esta causa, además de los responsables políticos ya 
señalados,  figura como inculpado el Teniente de la Guardia Civil 
PEDRO GÓMEZ NIETO, ya encartado en otros procesos seguidos 
contra los GAL.
	La denuncia que correspondió inicialmente a los juzgados 
de La Coruña ha sido trasladada a la Audiencia Nacional. La A. C. 
T. se ha personado en la causa como acción popular.


GC - 111.- 	En junio, el Comité Contra la Tortura de 
las Naciones Unidas rechazaba la queja de una hermana de HENRI 
PAROT, admitida a trámite un año antes, quien tras ser detenido 
en abril de 1990 en Sevilla por su pertenencia a ETA, denunció 
haber sido torturado reiteradamente por miembros de la Guardia 
Civil y por funcionarios de las prisiones en las que fue internado 
posteriormente.
	Anteriormente, en noviembre de 1991, el mismo comité 
había rechazado una petición previa alegando entonces que no se 
habían agotado todas las vías jurídicas previstas en la legislación 
española.

	Según algunas de las denuncias presentadas, Henri Parot 
fue torturado en las dependencias de la Guardia Civil de Sevilla 
tras ser detenido el 2 de abril de 1990 en la capital andaluza y, 
posteriormente, en las Dirección General de la Guardia Civil de 
Madrid, a donde fue trasladado, por su pertenencia al "comando 
itinerante" de ETA. 
	Igualmente fue golpeado, el 17 del mismo mes de abril, por 
agentes de la Guardia Civil que custodiaban la cárcel de 
Carabanchel, en Madrid, en la que fue encarcelado. Nuevas 
agresiones sufrió a mediados de junio de 1990, cuando era 
trasladado desde la cárcel de Alcalá - Meco a la Audiencia 
Nacional. El 24 de octubre de 1992, cuando era trasladado desde la 
misma prisión a la cárcel de Almería. El 26 de junio de 1993, fue 
nuevamente golpeado, junto a MIKEL ASKASIBAR, JAVIER 
ARAMBURU, JULIÁN PÉREZ, ALFONSO CASTRO, JUAN BALERDI 
y SERGIO GARCÍA, cuando eran trasladados a la cárcel de 
Valdemoro (Madrid).
	En un primer momento, ante las denuncias presentadas, un 
representante de la embajada de Francia en Madrid, contestando a 
una petición formulada por la familia de Parot, aseguraba que 
"tras su detención, Henri Parot fue golpeado pero no torturado" y 
que "esto ocurre en todas las comisarías del mundo".
	Todas las denuncias formuladas han sido archivadas por los 
jueces sin investigación alguna.


GC - 112.-	En marzo, la Sección Tercera de la 
Audiencia Nacional, absolvía a GERMÁN RUBENACH del delito de 
homicidio consentido en la persona de SUSANA ARREGUI por el 
que había sido acusado por el fiscal en consonancia con la versión 
oficial del Ministerio del interior, tras los sucesos ocurridos el 25 
de junio de 1990, cuando dos miembros de ETA, SUSANA 
ARREGUI MAIZTEGUI y JUAN MARÍA LIZARRALDE URETA 
resultaron muertos por heridas de bala, y Germán Rubenach sufrió 
gravísima heridas, en una operación de la Guardia Civil en el 
paraje conocido como Foz de Lumbier. La sentencia declara que 
no ha quedado acreditado "como se produjeron las heridas 
causantes de la muerte de dichas personas, ni las graves lesiones 
sufridas por el procesado Rubenach, causante de las grandes 
escuelas que le han quedado, ni que hubiera acuerdo entre ellos 
para suicidarse en el supuesto de ser rodeados por la fuerza 
Pública"

	El 25 de junio de 1990, tres miembros de ETA fueron 
localizados por agentes de la Guardia Civil en el paraje de la Foz 
de Lumbier (Navarra). Tras el cerco policial, en el cual fueron 
desalojadas todas las personas que se encontraban en el lugar 
quedando únicamente los agentes de la Benemérita, aparecieron 
muertos, por heridas de bala en la cabeza, Susana Arregui y Juan 
Mª Lizarralde. Germán Rubenach salvó la vida a pesar de recibir 
un disparo en la cabeza. (Poco antes se había producido un 
enfrentamiento con una patrulla de la guardia Civil en el que 
resultó muerto el sargento de la Guardia Civil José Luis Hervás 
Mañas y otro agente resultaba herido.
	Según la versión oficial, al verse rodeados, los tres 
miembros de ETA acordaron suicidarse y Germán Rubenach 
disparó contra Susana Arregui y posteriormente se disparó 
asimismo fallando el tiro. Jesús María Lizarralde, cuyo cuerpo 
apareció con medio cuerpo sumergido en el río, se habría 
suicidado disparándose otro tiro.
	Pese a esta versión, un primer informe del Instituto Nacional 
de Toxicología de Madrid concluía que, en relación a Lizarralde 
"los resultados obtenidos en los análisis son compatibles con una 
muerte por sumersión" lo que cuestionaba la citada versión de la 
Guardia Civil. Días después, este informe era "aclarado" por otro 
en el que se dabas otros resultados, estos si, compatibles con la 
versión oficial. Igualmente, los agentes no pudieron localizar 
restos de sangre de Arregui y Lizarralde en el lugar donde 
aparecieron sus cuerpos, por lo que se plantearon dudas sobre si 
los cadáveres de ambos fueron desplazados una vez muertos. La 
instrucción de la causa sufrió numerosas incidencias y 
anomalías. 


GC - 113.-	En diciembre, cinco años después de la 
agresión y tras haber sido suspendido anteriormente en tres 
ocasiones, se celebró en la Audiencia Provincial de Pamplona el 
juicio contra los guardias civiles JOSÉ MARÍA SUÁREZ GORDÓN 
y ANTONIO GARCÍA PIZARRO acusados de haber amenazado y 
agredido a ÓSCAR LÓPEZ en la localidad de Tafalla en la 
nochebuena de 1990, la acusación particular solicitó dos meses de 
prisión para cada agente, por el delito de amenazas, y cuatro años 
de cárcel para José María Suárez por un delito de lesiones. El 
Fiscal, por su parte, solicitó un mes y un día de arresto para cada 
agente al tiempo que solicitaba la misma condena para Óscar 
López y dos amigos suyos por un delito de desataco. Esta 
Asociación no ha tenido conocimiento de la sentencia dictada.

	Los hechos se remontan a la madrugada del día 25 de 
diciembre de 1990, cuando los dos guardias civiles, de paisano y 
fuera de servicio, protagonizaron diversos incidentes en un bar de 
la localidad navarra de Tafalla, después de que un joven 
introdujera unas monedas en un "bote" de las Gestoras Pro 
Amnistía y a favor de los presos vascos.  Durante el incidente, los 
agentes llegaron a esgrimir sus armas reglamentarias durante una 
discusión con varios clientes del establecimiento y el agente José 
María Suárez golpeó en la cabeza a Óscar López causándole 
lesiones de las que tuvo que ser asistido en el centro de Salud de 
la localidad. Tras esta agresión se produjo una manifestación, de 
protesta contra la actuación de los guardias civiles, que fue 
reprimida por varias unidades policiales que practicaron varios 
detenidos, entre ellos los juzgados ahora por desacato.


GC - 114.-	La Audiencia Provincial de Bilbao 
condenaba, en mayo, a dos agentes de la Guardia Civil (JUAN 
CARLOS A. M. y JUAN FRANCISCO M. C.) a las penas de ocho 
meses de prisión menor como autores de un delito de detención 
ilegal y diez días de arresto menor por una falta de lesiones en la 
persona de un joven (AITOR A. A.) al que lesionaron el 16 de 
agosto de 1991, durante las fiestas de la localidad vizcaína de 
Gernika. La misma sentencia absolvía a los agentes de los delitos 
de privación de derechos cívicos y amenazas por los que también 
fueron acusados.

	El 16 de agosto, durante las fiestas patronales de la 
localidad de Gernika, Aitor A. A. se encontraba cantando 
canciones típicas cuando fue detenido por los agentes que le 
trasladaron a un inmueble en obras donde le pidieron la 
documentación, le bajaron los pantalones y le golpearon. 
posteriormente fue llevado a la caseta de la Guardia Civil de la 
fábrica de Armas Astra y, poco después, fue puesto en libertad.
	Los guardias civiles alegaron en su defensa que el detenido 
había proferido gritos en contra de la Guardia Civil y a favor de 
ETA, lo que fue rechazado por el Tribunal.


GC - 115.-	Los agentes de la Guardia Civil MANUEL 
SÁNCHEZ INFANTE y JOSÉ LUIS CÁMARA BERGARA,  así como 
tres agentes de la Policía local de Ibiza (José Manuel Blanco 
Lorenzo, Luis Antonio Rodríguez Sánchez y Juan Cárdenas 
Melero), fueron condenados por la Sección Primera de la 
Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a penas que oscilaban 
entre los diez  días y un mes de arresto, como autores de dos 
faltas de lesiones en las personas de los ciudadanos de origen 
palestino MOHAMED M. AMER HEGAZY y EMAD RAED SHIBILI  
el 7 de septiembre de 1991. La misma sentencia absolvía a los 
agentes del delito de torturas por el que habían sido acusados. 
Durante la vista oral, José Luis Cámara declaró que el otro guardia 
civil, Manuel Sánchez, había golpeado con su porra y durante 
quince minutos a uno de los detenidos, "hasta que se calmó".

	El 7 de septiembre, Hegazy y Shibili llegaron a Ibiza para 
pasar sus vacaciones, ese mismo día fueron detenidos por agentes 
de la Guardia Civil que los trasladaron al cuartel de la policía local 
de San Antonio donde fueron objeto de una brutal paliza que dejó 
marcas en la totalidad de sus cuerpos. Una vez puestos en libertad 
formularon una denuncia contra los agentes que fue archivada por 
el juzgado sin investigación alguna al tiempo que seguía adelante 
la denuncia formulada contra ellos por la Benemérita. La 
publicación de un cartel por  Amnistía Internacional sobre las 
actitudes racistas en las policías europeas, en el que podía verse 
la fotografía del cuerpo apaleado y amoratado de Mohamed M. A. 
Hegazy junto al texto "A la policía española no le gustó el color de 
su piel... por eso se lo cambiaron" hizo que la fiscalía retomase la 
causa contra los agentes, ahora condenados sólo por una falta de 
lesiones.


GC - 116.- 	Penas de entre tres y cuatro años de 
prisión, solicita la acusación particular contra seis agentes de la 
Guardia Civil como autores de las torturas sufridas por KEPA 
URRA a finales de enero de 1992. El Fiscal, por su parte, solicita la 
absolución de los agentes al entender que las lesiones que 
presentaba Urra eran consecuencia de la resistencia que ofreció 
en el momento de su detención.

	Kepa Urra fue detenido el 29 de enero de 1992, por su 
presunta militancia en el comando Vizcaya de ETA, y conducido al 
cuartel de la Guardia Civil de La Salve, en Bilbao. Este mismo día, 
Urra tuvo que ser  ingresado en el hospital bilbaíno de Basurto 
donde le fueron apreciados diversos hematomas en los párpados, 
muñecas, dorso de ambas manos, piernas (desde la rodilla al 
tobillo) etc. como consecuencia de las torturas a las que había 
sido sometido (golpes por todo el cuerpo, bolsa de plástico en la 
cabeza hasta producir asfixia, arrastres por el suelo... Lesiones 
todas ellas recogidas en el informe médico emitido a su ingreso en 
el hospital.
	Cuando Urra se encontraba en la habitación que le habían 
asignado en el hospital, recibió la "visita" de los que luego fueron 
identificados como un teniente y un número de la benemérita, los 
cuales procedieron a interrogarle mientras le golpeaban de nuevo. 
Una enfermera oyó los gritos proferidos por Urra avisando al 
médico de guardia, que acudió a la habitación y quien encontró a 
los agentes en la habitación y al detenido sangrando por la boca. 
tras un nuevo reconocimiento se apreciaron nuevas lesiones que 
no constaban en el primer parte emitido. este informe fue remitido 
ese mismo día al juzgado de Guardia.


GC - 117.-	En la misma operación policial en la que 
fue detenido kepa Urra, fueron detenidos en Vizcaya más de 25 
personas, entre el 29 de enero y el 6 de febrero de 1992, todas 
ellas acusadas de pertenencia o colaboración con banda armada. 
Muchas de ellas denunciaron haber sido torturadas en el cuartel 
de la Salve (Bilbao) en la Dirección General de la Guardia Civil de 
Madrid.
	Entre estos se encontraban JUAN RAMÓN ROJO , JAVIER 
ARRIAGA, FRANCISCO PALACIOS, estas personas, pese a que 
sus denuncias fueron interpuestas en febrero del mismo año 1992, 
no fueron llamadas a declarar hasta mediados de 1995, a finales de 
este año, el juzgado de Instrucción nº 6 de Bilbao imputaba 
formalmente como autores de las torturas sufridas por estos a 
ocho agentes de la Guardia Civil: ARTURO PRIETO BOZEC, 
DANIEL SIMÓN SANTAMARÍA, JUAN JOSÉ VILCHEZ 
FERNÁNDEZ, JOSÉ MANUEL SILVA SÁNCHEZ, PEDRO VASCÓN 
GUERRERO, JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ LUCIO, JOSÉ JOAQUÍN 
FERNÁNDEZ MAIRAL y JOSÉ LUIS PÁRAMO DÍAZ.

	El auto del Juzgado indicaba que el Centro Penitenciario 
Madrid-2 remitió varios informes médicos en los que se apreciaban 
lesiones traumáticas en los tres detenidos en el momento de su 
ingreso en prisión por orden de la audiencia Nacional, e indica que 
de las diligencias practicadas se desprende que Juan Ramón Rojo, 
Javier Arriaga y Francisco Palacios fueron detenidos por la 
Benemérita y trasladados a las dependencias de este cuerpo en 
Bilbao y Madrid, así como que "durante la permanencia de los tres 
detenidos en las dependencias de la Guardia Civil y durante los 
traslados fueron objeto de malos tratos por los agentes policiales 
con la finalidad de obtener una confesión". Como resultado del 
trato recibido, los detenidos sufrieron "hemorragias, erosiones, 
esquimosis, hematomas, astralgias, cervicalgias, fracturas de 
costillas, escoriaciones, tumoraciones y cefalea".


GC - 118.-	Otras personas detenidas en aquella 
operación policial fueron JUANTXO TOBALINA y AITOR 
OLABARRIA, al igual que en el caso anterior  no fueron llamados 
a declarar ante los Juzgados hasta agosto de 1995. Igualmente 
ratificaron haber sido torturados. Otras denuncias que se 
encuentran en trámite ante distintos juzgados son las  presentadas 
por JOSU EGUSKIZA, ENCARNACIÓN BLANCO ABAD y PAULA 
GARCÍA RODRÍGUEZ, también detenidas en la misma operación 
policial.
	
	Además de los relacionados, fueron detenidos y 
denunciaron haber sido  torturados PEDRO LUIS CAZIGAL 
BECERRIL, IGNACIO BEREZIARTUA, JOSÉ MARÍA ARAZAMANDI, 
JON ARRIAGA GOIRIZELAIA, ITZIAR AMEZAGA, IMANOL 
ELORRIAGA, JAVIER GOROSTIZA, ÁNGELES LARREA, ALBERTO 
PAÚL LARREA, IGNACIO ZUGADI, JOSUNE ONAINDIA, JOSEBA 
BRINGAS PÉREZ, JOSÉ FÉLIX MARÍA, JOSÉ MARÍA AZPITARTE 
AIZPURUA, ROSA MARÍA ARANA TXAKARTEGUI, BEGOÑA 
EZKERRA, PEDRO MARÍA MONZO GOIKOLEA, RAMÓN ALAÑA, 
ANATXO MORANTE, JORGE MACARRÓN FUENTES, LAGUNDU 
SÁNCHEZ, MANUEL ALDEA DOMÍNGUEZ, ANA IRIARTE 
SANTACOLOMA, JASONE FUENTES REIZABAL, JOSU PRATS 
GARCÍA, DIONE UGALDE, JOSÉ ANTONIO DEL CERRO, IGNACIO 
URIARTE ZABALA y FRANCISCO ZABALA ETXEGARAI. También 
fue detenida y denunció haber sufrido un trato vejatorio durante 
su detención ITXASO SEVILLANO.
	Entre los métodos de tortura denunciados figuraban golpes 
por todo el cuerpo, especialmente en los órganos genitales,  las 
descargas eléctricas, simulacros de fusilamientos, bolsas de 
plástico en la cabeza que impedían la respiración y provocaban la 
asfixia, amenazas de violación a las mujeres detenidas, obligación 
a masturbarse a los detenidos ante los agentes, etc... 
	De todos los detenidos, sólo once fueron juzgadas por la 
Audiencia Nacional en noviembre - diciembre de 1995: Jon 
Tobalina, Paula García, Javier Arriaga, Josu Eguskiza, 
Encarnación Blanco, Aitor Olabarría, Francisco Palacios, 
Francisco Zabala, Kepa Urra, Juan Ramón Rojo y Javier Martínez 
Izaguirre. La sentencia dictada por la Sección Segunda del 
Tribunal anuló las declaraciones de todos ellas prestadas ante la 
Guardia Civil por una "posible existencia de torturas" en el 
momento de la detención en base a que "existen abundantes 
manifestaciones, todas ellas detalladas, efectuadas no sólo por los 
procesados, sino también por parte de los testigos propuestos", 
pero basándose en las declaraciones de los mismas ante el 
juzgado, les condena a penas de entre 7 y 20 años de cárcel por 
pertenencia o colaboración con banda armada. 


GC - 119.-	En enero, la Sala Segunda del Tribunal 
Supremo ratificó la pena de un año de prisión, impuesta por la 
audiencia Provincial de Mallorca, al sargento de la Guardia Civil 
BARTOLOMÉ DEL AMOR LUDEÑA como autor de las lesiones 
sufridas por ANTONIO COPETE GONZÁLEZ tras ser detenido el 28 
de mayo de 1992 cuando formaba parte de un piquete de 
trabajadores durante la huelga general celebrada ese día. 
Bartolomé Del Amor no llegó a cumplir la pena al serle concedido 
el beneficio de la suspensión condicional de la pena.

	El día de la huelga general, Antonio Copete formaba parte 
de un piquete informativo como responsables del sindicato de 
hostelería de UGT en la zona de Calviá (Mallorca), Cuando se 
encontraban ante las puertas de un supermercado intervino la 
Guardia Civil, a cuyo mando se encontraba el sargento ahora 
condenado y que ordenó cargar contra los sindicalistas y detener 
a Antonio Copete, que fue conducido al cuartel de Palmanova 
donde fue golpeado por Bartolomé del Amor en brazos, cuello y 
oídos, lo que le produjo una perforación de tímpano. Al día 
siguientes fue puesto a disposición judicial bajo la acusación de 
resistencia a la autoridad.


GC - 120.- 	La Audiencia Provincial de Pamplona 
decretó, a primeros de año, el archivo de las denuncias por 
torturas formuladas por SANTIAGO DÍEZ URIARTE y JAVIER 
GOLDARAZ tras ser detenidos, en junio de 1992, por miembros de 
la Guardia Civil. El tribunal estimó que las lesiones que 
presentaban los detenidos no fueron debidas a torturas sino 
"causadas con motivo de la detención, calificada en el atestado 
como producida con gran violencia".

	Tras ser detenidos el 19 de junio de 1992, por presunta 
pertenencia a banda armada , y permanecer en el cuartel de la 
Guardia Civil de Pamplona, Santiago Díez y Javier Goldaraz fueron 
ingresados en el Hospital de Navarra, al que fueron trasladados en 
ambulancia, y desde aquí, tras ser reconocidos por el médico 
forense del Juzgado de Guardia, que apreció lesiones en la 
cabeza, tronco y extremidades de ambos detenidos, se ordenó su 
traslado al Hospital Gregorio Marañón de Madrid, donde quedaron 
a disposición de la Audiencia Nacional.


GC - 121.-	En julio, la Sección Primera de la 
Audiencia Nacional dictó sentencia por la que condenaba a 18 
personas por pertenencia a Terra Lliure y en la que se indica que 
no haber tenido en cuenta las declaraciones efectuadas ante la 
Guardia Civil, en el verano de 1992, por las denuncias de tortura 
efectuadas en su día y ratificadas en las sesiones del juicio oral al 
tiempo que "sin entrar en la veracidad o verosimilitud de las 
mismas" acordaba remitir testimonios de las denuncias a los 
juzgados competentes para su esclarecimiento.

	Entre el 29 de junio y el 9 de julio de 1992, en una operación 
policial que pretendía garantizar la seguridad de los Juegos 
Olímpicos de Barcelona, que comenzarían unos días después, más 
de treinta personas fueron detenidas por miembros de la Guardia 
Civil entre miembros de los grupos independentistas catalanes y 
acusadas de pertenecer a banda armada. Diecinueve de las 
personas detenidas denunciaron haber sido torturados en las 
dependencias de la Guardia Civil de Barcelona y en la Dirección 
General de la Guardia Civil de Madrid. Todas estas denuncias 
fueron archivadas por los Juzgados que las investigaban a pesar 
de los informes médicos que recogían las lesiones sufridas por los 
detenidos. Entre estos se encontraban JOSEP BOU, MARCEL 
DALMAU, JAVIER ROS, JAVIER PUIGDEMONT, JAUME 
OLIVERAS, VICENTE CONCA, CARLES BUENAVENTURA, ORIOL 
MALLÓ, EDUARDO LÓPEZ, RAMÓN LÓPEZ I IGLESIAS, XABIER 
ALEMANI, ESTEVE COMELLAS GRAU, RAMÓN PIQUÉ HUERTAS, 
JOSÉ MARÍA GRANJA VILALTA y FRANCESC XAVIER 
TOLOSANA ARRIAGA.


GC - 122.-	En abril, la Sección Primera de la 
Audiencia Provincial de Palma de Mallorca absolvía a los guardias 
civiles JUAN ÁLVAREZ VIDAL, LORENZO MARTÍNEZ PACHO y 
ALFONSO HACHUEL FERNÁNDEZ de los delitos de detención 
ilegal y lesiones, ocurridos el 10 de agosto de 1992 y  por los que 
habían sido acusados por los también guardias civiles, francos de 
servicio, JUAN CID ASTRUGA y MANUEL PIÑÓN CERDÁN, que 
solicitaban penas de un año de prisión y multa para cada acusado. 
El Fiscal solicitó durante el juicio oral la absolución de los 
acusados.

	Ese día, tras un incidente verbal entre los denunciantes, que 
viajaban en un vehículo particular, y los guardias civiles de 
servicio Juan Álvarez y Lorenzo Martínez, estos emprendieron su 
persecución en un vehículo oficial. Al darles alcance volvió a 
repetirse el incidente repitiéndose los insultos, lo que fue 
observado por el guardia civil Alfonso Hachuel que se encontraba 
de servicio en una factoría de Campsa cercana. Al negarse los 
primeros a identificarse, fueron detenidos y  esposados 
conducidos al cercano cuartel de Porto Pi. Una vez allí, los 
detenidos se identificaron como agentes y denunciaron haber sido 
objeto de malos tratos, que la sentencia descarta y estima que las 
lesiones que sufrían los detenidos eran producto de autolesiones y 
a la actuación de los agentes de servicio para evitarlas. 
 

GC - 123.-	En sentencia dictada por la Sección 
Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza en julio, se da por 
probada la participación de varios agentes de la Guardia Civil en 
las lesiones sufridas por JOSEBA KOLDOBIKA ARRESE  el 12 de 
septiembre de 1992. La misma sentencia indica que estos agentes 
no han sido identificados.
  
	El 12 de septiembre de 1992, se produjo en la prisión de 
Daroca (Zaragoza) un incidente en el que participaron varios 
presos . Ese días el funcionario de prisiones Gonzalo Luis 
Fontela que, se encontraba dado de baja por enfermedad, oyó la 
noticia por la radio y se personó en la cárcel para colaborar en las 
tareas de represión. Después de que una de las Unidades 
especiales de la Guardia Civil redujera a los amotinados, los 
funcionarios de la prisión hicieron salir a todos los presos de sus 
celdas. Hubieran o no participado en el incidente. Al llegar a la 
celda donde se encontraba Joseba Koldobika, Gonzalo L. Fontela 
instó a los guardias civiles que le acompañaban para que 
agredieran a este preso por "etarra", entonces se produjo una 
primera agresión. Posteriormente el mismo funcionario de 
prisiones volvería a agredir a Joseba Koldobika,


GC - 124.- 	En mayo de 1995, el Juzgado de 
instrucción nº 17 de Madrid acordaba el archivo de la causa 
seguida por torturas a LAUREANO ORTEGA y ELVIRA DIÉGUEZ 
en diciembre de 1992 al entender que el trato que ambos 
recibieron en la Dirección General de la guardia Civil de Madrid no 
fue constitutivo de delito alguno y, al mismo tiempo, acordaba 
deducir testimonio para remitirlo a los Juzgados de Santander, 
lugar donde se produjo la detención, al entender el Juzgado, en 
contra de los propios  informes de los médicos forenses de la 
Audiencia Nacional,  que las lesiones que presentaban los 
detenidos a su ingreso en los calabozos de la Dirección General 
de la Guardia Civil de Madrid habían tenido lugar antes de su 
llegada a dichas dependencias. Tanto la acusación particular como 
la Asociación Contra la Tortura, que se personó en la causa como 
acción popular, recurrieron esta resolución que fue confirmada 
por la Sección XVI de la Audiencia Provincial de Madrid en 
septiembre.

	Laureano Ortega y Elvira Diéguez fueron detenidos en la 
tarde del 5 de diciembre de 1992 en Santander por su pertenencia 
a los GRAPO, después de mantener un enfrentamiento con 
agentes de la Guardia Civil. En la mañana del día 6 de diciembre 
fueron trasladados a la Dirección General de la Guardia Civil en 
Madrid. Al ser puestos a disposición de la Audiencia Nacional, 
ambos denunciaron haber sufrido torturas (golpes, descargas 
eléctricas, asfixia con una bolsa de plástico colocada en sus 
cabezas, etc... todo ello mientras estaban encapuchados para que 
no pudieran reconocer a los torturadores). Las lesiones sufridas 
por ambos fueron acreditadas  por los informes del médico forense 
y el Juzgado Central de Instrucción ordenó deducir testimonio de 
las denuncias para investigar las torturas sufridas. 
	Durante la instrucción prestaron declaración ante el 
Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid,  en calidad de inculpados, 
varios agentes de la Guardia Civil, entre ellos aquellos con número 
profesional 7.209.170 y 13.673.644.


GC - 125.- 	La Audiencia de Huelva condenó a dos 
guardias civiles SATURNINO LÓPEZ MELLADO, cabo primero, y 
JUAN PAVÓN PINTO, y a dos agentes de la policía municipal de la 
localidad onubense de Hinojos, Nicolás Cabello Marqués  y Andrés 
Larios Moreno, a pena de seis meses y un día de prisión y diez 
días de arresto como autores de un delito y una falta de lesiones 
en las personas de JOJO D. y BOLOUMI T. el 7 de febrero de 1993.
	El Tribunal rebajó la pena solicitada por el fiscal y la 
acusación particular que habían solicitado penas de 4 años seis 
meses y un día de prisión y un arresto de 30 días por las mismas 
infracciones. Igualmente el tribunal absolvió a los acusados del 
delito de detención ilegal del que venían acusados así como 
también absolvió a los dos agentes municipales de otro delito de 
falsedad en documento oficial.

	Según el fallo de la Audiencia, el 7 de febrero de 1993, los 
ciudadanos argelinos Jojo D. y Moloumi T. llegaron a Hinojos para 
trabajar en la temporada de recogida de la fresa. tras protagonizar 
varios incidentes, al estar borrachos fueron detenidos por los 
policías municipales ahora condenados, quienes los trasladaron al 
cuartel de la Guardia Civil de la localidad y fueron golpeados con 
manos, patadas y porras. El Tribunal condena a los cuatro agentes 
como "coautores en comisión por omisión necesaria ... ya que 
ninguno impidió la agresión de sus compañeros y, además de 
golpear, más bien parece que se concertaron para propinarles una 
paliza" .


GC - 126.-	La Audiencia Provincial de Zaragoza ha 
confirmado la condena impuesta a tres miembros de la 
Benemérita, DIEGO ERNESTO ARTAL MARTÍNEZ, CARLOS 
PAMPLONA FONDEVILLA y JUAN RAMÓN JIMÉNEZ SAMPER, 
por el Juzgado Penal nº 5 de Zaragoza  de ocho meses de arresto 
como autores de las lesiones sufridas por ANTONIO SUAREZ, 
concejal del Partido Popular de Zaragoza, RICARDO MORENO 
DUARTE, secretario general de la Federación de Empresarios del 
Metal de la misma ciudad, y una mujer que los acompañaba, en la 
madrugada del 17 de abril de 1993.

	Este día, Antonio Suárez y sus acompañantes fueron 
agredidos por cuatro personas de paisano, tres de las cuales se 
identificaron como agentes de la guardia civil, tras una discusión a 
la salida de una cervecería. Durante el juicio oral el fiscal calificó 
los hechos como constitutivos de dos faltas de lesiones y solo 
consideró autores de las mismas a dos de los acusados.


GC - 127.-	La Audiencia Provincial de Pamplona, por 
tercera vez, ordenó al Juzgado de Instrucción nº 2 de la capital 
navarra la reapertura y prosecución de la investigación de la 
agresión sufrida por PATXI BARANDALLA el 27 de mayo de 1993. 
Entre otras diligencias a practicar, emplaza a la Comandancia e la 
Guardia Civil de Pamplona para que revele la identidad o número 
de los agentes que acompañaron a Barandalla desde la localidad 
de Etxarri-Aranatz, en que fue detenido, hasta la de Altsasua, 
traslado en el que fue agredido según su denuncia.
	La decisión de archivar la denuncia, ahora revocada por la 
Audiencia, fue tomada por el Juzgado tras haber practicada una 
única diligencia de investigación: la declaración del jefe de la 
Unidad de la Guardia Civil que detuvo y trasladó a Barandalla, 
FRANCISCO JAVIER MOSCOSO, quién se limitó a negar los 
hechos denunciados.

	Patxi Barandalla denuncio haber sido golpeado por 
miembros de la Guardia Civil cuando era trasladado detenido al 
cuartel de este cuerpo en Altsasua después de ser detenido por su 
participación, el 16 de mayo de 1993, en unas movilizaciones 
populares en la localidad navarra de Etxarri-Aranatz.  Un informe 
del médico, emitido en la madrugada del día 17, apreciaba un 
hematoma en la espalda de Barandalla de 30 x 8 centímetros. 
Igualmente se le tomaron diversas fotos donde se apreciaban la 
existencia de numerosos golpes en otras zonas (tobillos, etc...)
	Patxi Barandalla fue denunciado por un delito de resistencia 
a los agentes de la autoridad. Esta denuncia, contrariamente a la 
anterior, sí fue aceptada por el mismo Juzgado de Instrucción nº 2 
de Pamplona que, en abril de 1994, condenaba a Patxi Barandalla 
a la pena de dos meses de arresto y multa por un delito de 
resistencia a la autoridad. Esta sentencia se basa en el testimonio 
de los dos agentes que practicaron la detención de Barandalla, 
rechaza todos los demás testimonios pues afirma "no existen 
razones especiales para dudar de la versión de los dos agentes"


GC - 128.-	El 17 de octubre el Tribunal Supremo 
daba carpetazo final a la investigación sobre las causas de la 
muerte de GURUTZE YANCI IGARATEGI en las dependencias de la 
Guardia Civil de la localidad de Tres Cantos (Madrid) en la 
madrugada del 24 de septiembre de 1993, al rechazar la admisión a 
trámite del recurso de casación formulado por las acusaciones 
particular y popular contra el auto de archivo de la Sección 
Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid que estimó que la 
causa del fallecimiento fue natural.

	Gurutze Yanci fue detenida en su domicilio de Urnieta 
(Guipúzcoa) en la madrugada del 23 de septiembre y trasladada 
inmediatamente a las dependencias de la Guardia Civil de Tres 
Cantos. Estando ya en estas, Gurutze Yanci se sintió mal y 
comunicó a las guardias civiles que la custodiaban que tenía un 
dolor agudo en el esternón. Los agentes se ponen en contacto con 
la médico forense de la Audiencia Nacional, Tribunal a cuya 
disposición se encontraba detenida, Dra. Leonor Ladrón de 
Guevara quien, tras hablar telefónicamente con Yanci, indicó a los 
guardias civiles que le suministrasen una pastilla de Mucorex. Una 
hora después, siempre según la versión oficial, Gurutze Yanci 
vuelve a llamar al timbre que tiene en la celda. El guardia civil que 
acude a la misma y observa como Yanci emite unos sonidos 
guturales y se desvanece. Poco después es trasladada al centro de 
Salud de Colmenar Viejo y refieren al personal médico que ha 
sufrido un ataque epiléptico. La doctora que se encuentra de 
guardia, sólo puede certificar la muerte de Yanci. Según esta 
versión, la causa de la muerte fue una trombosis de arteria 
descendente anterior que provocó una fibrilación ventricular. 
	Sin embargo, según el informe del Dr. Jorgen L. Thompson -
especialista en medicina forense de Dinamarca y que fue llamado 
por la familia de Yanci para estar presente en la autopsia que se le 
practicó, la muerte pudo producirse por una parada cardiaca como 
consecuencia de una crisis epiléptica que, a su vez, pudo ser 
desencadenada por una situación de terror. Igualmente este 
especialista puso de manifiesto varias irregularidades en la 
autopsia practicada, entre ellas, indicó que el examen del corazón 
de Yanci debió realizarse en el mismo momento de la autopsia y 
no con posterioridad, al día siguiente, como ocurrió, lo que 
provocó que ni el Dr. Thompson ni el otro especialista llamado por 
la familia de Yanci pudieran estar presentes en el examen del 
corazón. Del informe de este doctor, se desprende igualmente que 
en el cadáver de Yanci se apreciaban varios hematomas recientes 
y de origen traumático, y que no se correspondían a signos de un 
ataque epiléptico ni a maniobras de reanimación, por lo que 
opinaba, sin afirmarlo con rotundidad, que podían ser el resultado 
de la violencia ejercida por terceras personas sobre Yanci. 
También señalaba que no se podía descartar que hubiere sido esta 
violencia la que hubiere provocado el ataque epiléptico.
	Los miembros de la Guardia Civil que detuvieron a Gurutze 
Yanci en su domicilio fueron los agentes nº 107.748, 110.200, 
34.838.960 y 76.514.996 Los agentes que se encontraban de 
servicio en la Comandancia de Tres Cantos mientras Gurutze Yanci 
estuvo allí detenida fueron los números 93.625, 3.464.368, 
7.229.458, 8.795.774, 8.858.428, 9.333.531, 9.352.900, 10.572.495, 
25.099.526, 26.028.252, 28.494.897, 45.282.388 y 50.718.838.



GC - 129.-	Por otra parte, varias de las personas 
detenidas en la misma operación policial de Gurutze Yanci y que 
permanecieron, al igual que ella, detenidas en las dependencias de 
Tres Cantos, manifestaron haber sido torturadas ellas mismas y 
haber oído los gritos de otros de los detenidos .
	Durante la vista del juicio seguido contra estas personas, la 
médico Forense LEONOR LADRÓN DE GUEVARA certificó ante el 
Tribunal las marcas y hematomas que presentaban la mayoría de 
los detenidos durante sus estancia en el acuartelamiento de Tres 
Cantos (Madrid) y, en algún caso, manifestó que estas marcas eran 
consecuencia de "fuerzas extremas de origen traumático".
	La sentencia dictada poco después y por la que se 
condenaba a siete de los detenidos a penas de seis años de cárcel, 
hacía constar que, en relación a los malos tratos denunciados no 
era ese el momento de tenerlos por acreditados y que había 
contradicciones con algunos de los partes de la médico forense.

	Entre las personas detenidas por colaboración con banda 
armada a finales de septiembre de 1993 y que denunciaron haber 
sido torturadas se encuentran: ISMAEL BERASTEGUI, ANDER 
FELIPE BERASTAÍN BERNEDO, MARÍA JOSÉ LIZARRIBAR 
URRILLUN, KARMELE URBISTONDO ARAMBURU, RAMÓN 
URDANGARIN IRIONDO, IZASKUN MURUA GENBELTZU, JOSÉ 
JULIÁN IRASTORZA GOITIA, RAMÓN BERIGISTAÍN ARANZASTI, 
JAVIER MARTÍNEZ, MIGUEL ITURBE ITURZAETA, BEGOÑA 
ARRONDO IRUIN, FRANCISCO BORJA IRIZA BELANDIA, MANUEL 
AROZENA y MAITE ELIZEGI MITXELENA. Todos ellos denunciaron 
haber sido objeto de torturas en la Comandancia de la Guardia 
Civil de El Antiguo en San Sebastián y durante su detención en la 
Comandancia de Tres Cantos. Entre los métodos de tortura 
denunciados estaban golpes por todo el cuerpo, la "bolsa", la 
"bañera", descargas eléctricas, hacer flexiones y permanecer largo 
tiempo en posiciones forzadas. Etc. En el caso de las mujeres se 
denunciaron igualmente vejaciones sexuales.


GC - 130.-	La sección Tercera de la Audiencia 
Provincial de San Sebastián confirmaba el auto por el que el 
Juzgado de Instrucción nº 5 de San Sebastián archivaba la causa 
seguida tras la denuncia por las torturas sufridas por JOSÉ 
LASARTE GARMENDIA, en las dependencias de la Guardia Civil 
de San Sebastián y Madrid, tras ser detenido el 27 de octubre de 
1993 en la localidad de Hernani (Guipúzcoa) acusado de 
pertenencia a banda armada.
	Los argumentos de los Tribunales para el archivo son, una 
vez más, los informes de los médicos forenses de la Audiencia 
Nacional que, en este caso en concreto, informaban que Lasarte 
simulaba haber sufrido malos tratos. Simulación que era 
desmentida por los informes emitidos por el Hospital de Aranzazu 
días después a la puesta en libertad de Lasarte y las fotografías en 
las que se observan las marcas de los golpes recibidos.


GC - 131.-	El 16 de octubre, el Juzgado de 
Instrucción nº 3 de Coslada decreta la libertad, previo pago de una 
fianza de trescientas mil pesetas, para los guardias civiles 
MANUEL RAMÓN ORTEGA GARCÍA, ANDRÉS FERNÁNDEZ 
ALMODOVAR y ANTONIO DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, mientras 
mantiene la situación de libertad provisional para el también 
guardia civil LUIS LARA ORTIZ, imputados en la causa seguida por 
las torturas a ANTONIO EMILIO AVILÉS VALDUEZA el 21 de 
octubre de 1993 en el cuartel de la localidad madrileña de 
Mejorada del Campo. Esta situación fue revocada días después por 
el juzgado a instancias del Fiscal y el Abogado del Estado, 
manteniéndose la inculpación de los cuatros agentes que 
quedaron en situación de libertad provisional

	En la noche del 22 de octubre, dos agentes de la Guardia 
Civil acudieron a la nave propiedad de Antonio Avilés en Mejorada 
del Campo por una presunta infracción de tráfico. Al negar 
Antonio Avilés la acusación, los agentes, tras insultarle le 
detuvieron poniéndole las esposas a la espalda y le trasladaron al 
cuartel de la Guardia Civil, donde fue golpeado por, al menos, 
cinco guardias civiles que le propinaron golpes, patadas, etc.. por 
todo el cuerpo.
	A primeros de año, por estos mismos hechos, la Asociación 
Contra la Tortura presentó querella criminal contra todos y cada 
uno de los agentes destinados en la Guardia Civil de Mejorada del 
Campo. Además de los agentes indicados han declarado como 
inculpados cinco guardias civiles, entre ellos el teniente MANUEL 
MARTÍN VELASCO y el guardia civil JUAN CÁCERES ALCÓN. 
Todos ellos negaron los hechos aunque si reconocieron estar en el 
cuartel cuando Antonio Avilés estuvo en él detenido. 
	Por su parte, Manuel Martín manifestó que Antonio Avilés 
sólo había sufrido una pequeña lesión en el labio, producida al 
subir al vehículo todo terreno en el que fue trasladado al cuartel 
en calidad de detenido. Sin embargo, según los informes médicos 
aportados junto a la querella de la ACT, Antonio Avilés presentaba 
numerosas e importantes lesiones que fueron certificadas por 
varios médicos a los que acudió al ser puesto en libertad.


GC - 132.-	El Juzgado de Instrucción nº 2 de 
Ponferrada, (León) acordó la continuación de la causa seguida por 
detención ilegal y vejaciones contra el capitán de la Guardia Civil 
JOSÉ GUILLERMO LÓPEZ denunciado por TITO MARTÍNEZ, 
responsable  de la asociación ecologista Aedenat de la comarca 
leonesa del Bierzo.

	Durante el mes de diciembre de 1993 se produjeron 
movilizaciones contra una explotación minera a cielo abierto en la 
localidad de Tremor de Arriba (León), en una de ellas unas 30 
personas intentaban paralizar las labores de extracción, entre ellas 
se encontraba Tito Martínez. Poco después se presentaron agentes 
de la Guardia Civil a cuyo mando se encontraba el inculpado que, 
dirigiéndose a Tito Martínez le dijo "Ya tenía ganas de cogerte".
	Al darse cuenta de que Martínez llevaba una grabadora 
ordenó su detención y que le quitasen la grabadora. Esposado, 
Tito Martínez fue introducido en un furgón policial, donde entre 
empujones y vejaciones intentaron que el detenido se dirigiese a 
los concentrados para que abandonasen el lugar.


GC - 133.-	El Juzgado de Valencia archivó la causa 
seguida por las lesiones sufridas por JOSÉ LUIS IGLESIAS 
AMARO a finales de enero de 1994 por parte de los agentes de la 
Guardia Civil que lo custodiaban en el valenciano Hospital de la 
Fe, a donde había sido trasladado desde la prisión de Picassent y 
desde el que intentó fugarse.

	Tras este intento frustrado de fuga, José Luis Iglesia fue 
trasladado de nuevo a la prisión de Picassent. Desde allí hizo 
llegar una carta a su novia en la que narraba la agresión sufrida 
por los agentes de la guardia civil. Días después fue agredido por 
funcionarios de la prisión de Picassent. Esta agresión se repitió de 
nuevo el 28 de enero y, al día siguiente, José Luis Iglesias 
apareció ahorcado en su celda. Por estas nuevas agresiones y por 
la muerte de Iglesias Amaro se siguen actualmente diligencias en 
le Juzgado de Instrucción nº 1 de Picassent .	


GC - 134.-	En septiembre, el juzgado de Instrucción 
nº 1 de San Sebastián, suspendía la declaración de JOSEBA 
KAMIO FUENTE, prevista para ratificar su denuncia por torturas 
contra miembros de la Guardia Civil tras su detención el 3 de junio 
de 1994. hasta entonces no se había practicado diligencia de 
investigación alguna.

	Entre los días 2 de junio y 6 del mismo mes, se desencadena 
una amplia operación de la Guardia Civil en Guipúzcoa y Navarra y 
durante su transcurso fueron detenidas veintitrés personas por 
presunta relación con banda armada. De estas, catorce personas 
denunciaron haber sido torturadas en las dependencias policiales. 
Entre ellos: JOSÉ DOMINGO AIZPURUA , MANUEL INTXAUSPE 
BERGARA, detenido el día 2 de junio, JOSU UNSION PABOLLETA, 
JOSEBA KAMIO FUENTE  y JULIO PASCUAL DOMINGO, 
detenidos el día 3 en Pasai Antxo (Guipúzcoa). El mismo día, pero 
en Pamplona, es detenida BELÉN AZPIROZ BAZTARRIKA. El 5 de 
junio lo fueron JAVIER PIKABEA AIZPURUA, RAMÓN URIBE 
NAVARRO, FRANCISCO LIZASO AZKONOBIETA  y 
ENCARNACIÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ , detenidos en Usurbil 
(Guipúzcoa) y EUSEBIO MARÍA LASARTE BALERDI, detenido en 
Orio (Guipúzcoa). El día 6 es detenida en Oiartzun IGNACIO 
LÓPEZ AGIRIANO y el día 7, FIDELA GARCÍA BILBAO, en San 
Sebastián. De los detenido, únicamente seis ingresaron en prisión, 
diez fueron puestas en libertad sin pasar a disposición judicial, el 
resto quedó en libertad tras su paso por la Audiencia Nacional.
	Esta circunstancia y el estado en que se encontraban Ramón 
Uribe Navarro, Javier Pikabea y José Francisco Lisazo tras su paso 
por las dependencias de la Guardia Civil, obligó a la secretaria de 
Estado de Interior, Margarita Robles a ordenar la apertura de 
diligencias sobre las posibles torturas sufridas. Pese a las 
evidencias y los partes médicos existentes, que contradicen a los 
informes de los médicos forenses de la Audiencia Nacional que 
niegan su existencia, estas diligencias fueron archivadas poco 
después. Ni el juez Baltasar Garzón, a cuya disposición pasaron 
los detenidos, ni el Fiscal encargado de la causa,  consideraron 
iniciar diligencias para esclarecer estas denuncias.
	Ya en 1996, el Comité para la Prevención de la Tortura 
(CPT), dependiente del Consejo de Europa, hizo público el informe 
relativo a la visita urgente que miembros del mismo efectuaron a 
España entre el 10 y el 14 de junio de 1994 para entrevistarse con 
los detenidos que habían denunciando torturas. Este informe 
hecho público con el visto bueno del gobierno Español considera 
veráz y probado que la Guardia Civil torturó a los detenidos .


GC- 135.- 	En marzo, el juzgado de Instrucción nº 2 
de San Sebastián, acordaba, pese a los informes médicos y las 
lesiones que presentaba tras su paso por la Audiencia Nacional, el 
archivo de la causa abierta por las torturas a JOSÉ FRANCISCO 
LIZASO, resolución que fue apelada por la acusación particular.

	José Francisco Lisazo Azkonobieta, detenido el día 5 de 
junio en Usurbil (Guipúzcoa). En su denuncia manifestó que fue 
golpeado desde el primer momento de su detención. Trasladado al 
cuartel de la guardia Civil de San Sebastián, fue nuevamente 
golpeado y sometido a sesiones de asfixia con una bolsa de 
plástico en la cabeza, lo que se volvió a repetir en las 
dependencias de la Guardia Civil de Madrid donde añadieron 
amenazas y la aplicación de descargas eléctricas.


GC - 136.-	Días después, en abril, el mismo Juzgado 
estimó que el trato recibido por la ENCARNACIÓN MARTÍNEZ 
FERNÁNDEZ, detenida en la misma operación policial, en las 
dependencias de la Comandancia de la Guardia Civil en San 
Sebastián podría ser constitutivo de una falta de lesiones, mientras 
que el recibido en la Dirección General de la Guardia Civil en 
Madrid sería constitutivo de un delito, por lo que deberían ser los 
Juzgados madrileños quienes investigasen y, en su caso, juzgasen 
los ocurrido. Esta resolución también ha sido recurrida por la 
acusación particular al entender que todo el trato sufrido por 
Encarnación Martínez es un mismo delito que tiene comienzo en la 
capital guipuzcoana.

	ENCARNACIÓN MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, fue detenida el 
mismo día 5 de junio en Usurbil (Guipúzcoa) y quedó en libertad 
sin cargos por orden de la Audiencia, tras lo cual acudió a un 
centro médico donde fue ingresada en el servicio de urgencias, 
donde permaneció dos semanas dado el estado en que se 
encontraba y a la que se localizaron treinta y tres hematomas, 
distribuidos por todo el cuerpo, y que le fueron causados en las 
dependencias policiales, donde fue objeto de golpes, descargas 
eléctricas, vejaciones sexuales, etc.


GC - 137.-	En mayo, el Juzgado de Instrucción nº 2 
de Baracaldo (Vizcaya) condenaba a  los guardias civiles 
DOMINGO HIGUERO PÉREZ y EMILIANO TALAVÁN DE 
PURIFICACIONES a pagar una multa de 15.000 pesetas con arresto 
sustitutorio de tres días como autores de una falta contra el orden 
público después de que el 11 de junio de 1994 cuando se 
encontraban celebrando el traslado de uno de ellos a Madrid, en 
compañía de otros agentes, en un local de Baracaldo (Vizcaya) en 
el que entró un ciudadano marroquí, ABDESELAM AZZAHARI al 
que agredieron, insultaron y amenazaron con la retirada del 
permiso de residencia. 

	Tras esto, el inmigrante acudió a denunciar los hechos a 
cuartel de la Policía local de Baracaldo. Poco después una patrulla 
de agentes municipales localizó a los dos guardias civiles, que 
había denunciado e identificado el inmigrante, a los que pidieron 
su identificación. Los guardias civiles se negaron a ello e incluso 
uno de ellos esgrimió su arma reglamentaria. Una vez finalizado 
este incidente, Abdeslam Azzahari formuló una denuncia contra 
los guardias civiles, que a su vez fueron denunciados por el 
sargento de la Policía local de Baracaldo. Por su parte los 
guardias civiles denunciaron, a su vez, al sargento de la policía 
local por malos tratos. Todas estas denuncias se vieron en juicio 
oral ante el juzgado de Instrucción nº 2 de Baracaldo que dictó 
sentencia condenando a los agentes de la Guardia Civil por una 
falta contra el orden publico, al haber desobedecido la orden del 
sargento municipal, y absolviéndolos por la agresión al ciudadano 
marroquí, que el juzgado estimó no probada. También absolvía al 
sargento de la policía municipal de la falta de malos tratos a los 
miembros de la Benemérita.


GC - 138.-	El juzgado de Instrucción nº 3 de 
Alicante, citó a juicio a varios guardias civiles acusados de un 
falta de lesiones a ANDONI CABELLO PÉREZ y FRANCISCO JOSÉ 
ROLLÁN RODRÍGUEZ cuando fueron trasladados junto a otros 
presos, el 1 de julio de 1994, desde la prisión de Alicante a la de 
Picassent. Esta Asociación desconoce el resultado del juicio 
celebrado.

	El 1 de julio de 1994, Antonio Cabello y Francisco Rollán, 
presos por pertenencia a banda armada,  junto a los presos 
sociales Jorge Solas Egea, Diego Carrillo Palomares y Antonio 
Luque Tamajón, fueron golpeados por miembros e la Guardia Civil 
cuando eran trasladados entre las cárceles de Alicante y 
Picassent. La agresión, que fue protagonizada por un cabo 
primero de la Benemérita y en la que participaron además otros 
agentes, se produjo cuando los presos estaban apoyados en una 
pared de la cárcel de Alicante para ser cacheados. Al llegar a la 
prisión de Picassent fueron reconocidos por el médico de la misma 
que emitió un parte en el que se recogían las lesiones sufridas.


GC - 139.-	En el mes de abril de 1995, el juzgado de 
Instrucción nº 8 de Sabadell (Barcelona) decretaba el ingreso en 
prisión de dos agentes de la Guardia Civil del cuartel de Castellar 
del Valles (Barcelona), RAFAEL PICASSO MARCO y CARLOS 
SÁNCHEZ VILLAVERDE, por su implicación en la muerte de un 
detenido, JORGE XURIGUÉ, el 19 de agosto de 1994. Un mes 
después, los agentes quedaron posteriormente en libertad al 
prestar la fianza señalada por la Sección Tercera de la Audiencia 
Provincial barcelonesa.
	Tras el juicio celebrado, el Fiscal solicitó penas de 21 años 
de prisión para Carlos Sánchez, y de 9 años de cárcel para Rafael 
Picaso, por los delitos de homicidio y falsedad en documento 
oficial, el Tribunal absolvía a los agentes, aún reconociendo que 
habían golpeado a Jorge Xurigue. La sentencia ha sido apelada 
tanto por el Fiscal como por la acusación particular.

	La muerte de Jorge Xirugué se produjo después de que 
fuese detenido en compañía de otra persona, por los agentes 
ahora acusados, como autor de un robo en una gasolinera. Cuando 
eran conducidos esposados al cuartel, Jorge Xirugué recibió un 
fuerte golpe en la cabeza, a consecuencia del cual murió poco 
después. Según la versión de la Guardia Civil, cuando eran 
conducidos detenidos, Jorge Xirugué intentó huir corriendo, pero 
cayó poco después golpeándose en la cabeza y produciéndose las 
lesiones que le causaron la muerte. Sin embargo, el informe de la 
autopsia practicada, asegura que el golpe recibido por Xirugué fue 
propinado con un objeto contundente y no fue consecuencia de 
una caída.


GC - 140.-	En noviembre, la Sección Vª de la 
Audiencia Provincial de Valencia, estimando la petición del Fiscal, 
condenó a los guardias civiles FERNANDO FIGUEROA MAÑA y 
ALFREDO SIXTO REDONDO OBRADOR a las penas, para cada 
uno de ellos, de un mes y día de arresto por un delito de detención 
ilegal y a cinco días de arresto por una falta de lesiones en la 
persona de VICENTE PUCHADES ORTEGA el 2 de septiembre de 
1994. La acusación particular solicitaba penas de dos años de 
suspensión por el delito y 20 días de arresto por la falta.

	El 2 de septiembre de 1994 en la localidad valenciana de 
Nazaret, los dos guardias condenados solicitaron la 
documentación a cuatro jóvenes que se encontraban en el interior 
de un vehículo, ante la sospecha de que estuvieran realizando 
"alguna actividad ilícita". Así lo hicieron los jóvenes, excepto 
Vicente Puchades, que no lo llevaba encima, sino que lo tenía en 
el interior de su vehículo aparcado en las proximidades, 
ofreciéndose a ir a por el documento. Los agentes de la 
Benemérita no le permitieron ir a por el DNI, ni a él ni a sus 
amigos, sino que al contrario lo esposaron y sin dar explicaciones 
lo trasladaron al cuartel de la localidad. Allí, todavía esposado, fue 
sujetado por Alfredo Sixto mientras Fernando Figueroa le 
golpeaba en la cara. 


GC - 141.-	Tras el juicio celebrado en primera 
instancia ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Parla, los guardias 
civiles JUAN CARLOS PÁRRAGA POSTIGO y JUAN CARLOS 
VELASCO PRADA fueron condenados a diez días de arresto por 
una falta de lesiones en la persona de JUAN ANTONIO CASCOS 
GARCÍA en octubre de 1994. La sentencia fue apelada por los 
agentes. La Audiencia Madrileña anuló la sentencia dictada y 
ordenó dictar una nueva al Juzgado. En esta ocasión El Juzgado 
de Instrucción nº 1 de Parla condenó, únicamente, al agente Juan 
Carlos Párraga, absolviendo al guardia civil Juan Carlos Velasco. 
Apelada nuevamente, esta segunda sentencia fue confirmada por 
la Sección Séptima de la Audiencia Provincial Madrileña.

	En la madrugada del 16 de octubre de 1994, JUAN ANTONIO 
CASCOS GARCÍA  fue abordado por dos agentes de la Guardia 
Civil de la localidad madrileña de Pinto que le solicitaron el DNI, 
Una vez examinado le dieron un empujón y le dijeron que se fuese. 
Al pedir Juan Antonio explicaciones sobre el trato recibido volvió 
a ser empujado, por lo que decidió acudir a denunciar los hechos 
ante la Policía Municipal cuyo cuartel estaba cerca. Cuando se 
encontraba en la puerta del cuartelillo, los dos guardias civiles 
volvieron a acercarse a Juan Antonio Cascos y volvieron a 
empujarle. Al solicitarles Juan Antonio su número de 
identificación, los guardias civiles le propinaron varias bofetadas y 
puñetazos al tiempo que le amenazaban si volvía a pedirles su 
identificación. Finalmente fue acorralado contra una pared y 
recibió un último puñetazo en el estómago que le hizo caer al 
suelo, donde le dejaron los agentes que se marcharon del lugar.
	La agresión fue observada por un policía municipal, con 
carne profesional nº 2.199.739,  que no hizo nada por evitarla, ni lo 
denunció posteriormente, al contrario, declaró a favor del los 
guardias civiles. Tras la agresión, Juan Antonio Cascos acudió al 
ambulatorio donde fue reconocido.


GC - 142.-	Tres jóvenes,  JOSÉ LUIS VILANOVA, 
CECILIO RODRÍGUEZ  MARTÍN y PEDRO RODRÍGUEZ GÓMEZ, 
vecinos de la localidad madrileña de Colmenar Viejo, denunciaron 
haber sido objeto de torturas y malos tratos en el cuartel de la 
Guardia Civil de dicha localidad tras ser detenidos en la noche del 
21 de octubre.
	Todo comenzó en la noche del referido día, después de que 
se produjera una pelea en una discoteca de la localidad en la que 
participaron varios guardias civiles de paisano. Tras esta pelea, los 
agentes regresaron al cuartel. Al día siguiente acudieron a detener 
a los tres jóvenes a los que acusaban de haber tomado parte en el 
incidente. Nada más entrar en el cuartel, en calidad de detenidos, 
fueron golpeados por varios miembros de la Guardia Civil. A partir 
de ese momento y durante dos días fueron objeto de continuas 
agresiones físicas, amenazas y coacciones por la casi totalidad de 
los miembros que componen la dotación del cuartel de la Guardia 
Civil en Colmenar Viejo.
	La Asociación Contra la Tortura ejerce la acción popular 
contra los responsables de la agresión por los delitos de tortura y 
detención ilegal. Hasta la fecha han declarado en calidad de 
inculpados un total de 27 agentes, de un total de 38 miembros de 
la dotación. Entre ellos, CARLOS ALGIBAY OLMOS, DANIEL 
CALVO CANO, FRANCISCO JOSÉ CHINCOA BERMÚDEZ, 
UBALDO FRANCISCO CUENA GARRACHÓN,  JERÓNIMO 
MONDEJAR, FERNANDO J. MONTENEGRO BUSTOS, JORGE 
MORENO JIMÉNEZ, FERNANDO PAREDES CHAMERO, LUCIANO 
MANUEL PÉREZ DE LAMA (teniente y máximo responsable del 
cuartel), FRANCISCO SÁNCHEZ PUERTA,  JOSÉ TOCINO BENÍTEZ 
y RAMÓN VALDECILLO VÉLEZ, MIGUEL IZQUIERDO VEGA, JOSÉ 
MARÍA SÁNCHEZ ALDANA, SANTIAGO ALBARRÁN DEOBARRO, 
JOSÉ BALBINO GÓMEZ PÉREZ, JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ 
SEVILLA, VICENTE ZAMORA FOLLANA, ISRAEL GUTIÉRREZ 
ZAMARREÑO, RAÚL BURGOS BURGOS, ANTONIO INURRIA 
SÁNCHEZ y MIGUEL RAMOS GÁLVEZ.
	Cuatro de ellos, Carlos Algibay, Francisco J. Chincoa, 
Fernando Paredes y Miguel Izquierdo, fueron expedientados por la 
propia Guardia Civil. Sin embargo, MANUEL GASCÓN,  teniente 
coronel de la 112 Comandancia de la Guardia Civil con sede en 
tres Cantos, de la que depende el acuartelamiento de Colmenar 
Viejo, y responsable de la investigación interna que la Guardia 
Civil efectuó sobre los hechos denunciados, en su informe, 
consideró probado que estos cuatro guardias civiles agredieron a 
los detenidos, pero que estas agresiones no eran constitutivas de 
infracción penal, por lo que no dio cuenta a la autoridad judicial 
competente. Por este motivo la ACT solicitó que declarase en la 
causa abierta como inculpado, lo que fue rechazado por la juez 
instructora.
	 Tras las diligencias practicadas, de las que se encuentran 
pendientes varias pruebas solicitadas por la ACT, diecisiete 
agentes de la Guardia Civil han sido reconocidos - en rueda de 
reconocimiento - como autores de agresiones físicas -en uno u 
otro momento de la detención - a José Luis Vilanova, Cecilio 
Rodríguez y Pedro Rodríguez.


GC - 143.-	En junio, la Asociación Contra la Tortura 
se personó, en el ejercicio de la acción popular, en la causa 
seguida en el juzgado de Instrucción nº 2 de Arganda del rey 
(Madrid) contra  los agentes de la Guardia Civil que habían sido 
denunciados por tortura y detención ilegal por EVA y SUSANA 
BARBA RODRÍGUEZ en noviembre de 1994,  entre ellos, los 
agentes con números profesionales  50.841.331, 17.175.705 y 
50.084.998. A pesar del tiempo transcurrido el Juzgado no ha 
contestado a la querella formulada.

	En la madrugada del 20 de noviembre, EVA y SUSANA 
BARBA RODRÍGUEZ, con unos amigos, regresaban en dos coches 
a Madrid, cuando fueron requeridos por la dotación de un Jeep de 
la Guardia Civil, en las proximidades de Mejorada del Campo, para 
que el conductor hiciese una prueba de alcoholemia. Uno de los 
conductores dio positiva la prueba mientras el otro conductor se 
negaba a efectuarla. A partir de este momento se inició una 
discusión entre los agentes y los jóvenes, que finalizó con la 
detención de las hermanas Barba Rodríguez y uno de los jóvenes 
que las acompañaban. Trasladados al cuartel de la Benemérita en 
Mejorada del Campo, Eva sufrió empujones y amenazas por parte 
de varios agentes, uno de los cuales le produjo hematomas en 
ambos brazos cuando la sujetó fuertemente. Por su parte, Susana 
fue igualmente empujada y amenazada, llegando en una ocasión a 
ser encañonada con un arma que apoyaron en su cabeza. 
Finalmente fueron puestas en libertad, después de ser 
denunciadas por resistencia e insultos a los agentes de la 
autoridad. Por el trato recibido, Susana Barba necesitó tratamiento 
psiquiátrico durante algún tiempo.


GC - 144.-	El juzgado de Instrucción nº 4 de 
Majadahonda (Madrid) ha acordado reputar falta la agresión 
sufrida el 22 de diciembre por JAVIER CALVO MARTÍNEZ y JUAN 
RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ por parte de agentes de la Guardia Civil.

	Ese día, tras la celebración del comienzo de las vacaciones 
navideñas por los estudiantes de la localidad madrileña de Las 
Rozas, JAVIER CALVO MARTÍNEZ y JUAN RODRÍGUEZ 
RODRÍGUEZ acudieron a un centro comercial para comprar unas 
barras de pan con las que hacerse unos bocadillos, siéndoles 
negada la entrada por los vigilantes jurados, que llamaron a la 
Guardia Civil. Una patrulla de este cuerpo los detuvo y trasladó al 
cuartel bajo la acusación de insultos y resistencia a la autoridad.
	Durante su estancia en las celdas fueron objeto de 
continuas amenazas y vejaciones, siendo agredidos por uno de los 
agentes, que iba encapuchado. Al día siguiente fueron puestos a 
disposición judicial donde denunciaron el trato recibido.
	La Asociación Contra la Tortura formuló una querella contra 
los miembros del cuartel de la Guardia Civil de las Rozas 
responsables de las agresiones. Sin embargo el Juzgado de 
Instrucción nº 4 de Majadahonda no admitió dicha querella al 
exigir que, como requisito previo, se prestase una fianza por parte 
de la A.C.T.
	Dos agentes de la Benemérita, SERGIO MARTÍN URDIALES 
y JAVIER ROMERO BLAS, declararon como inculpados en la 
causa abierta, negando haber maltratado a los detenidos.